Compraventa

Buenas
Mi padre tenia un parking comprado en los 80 pero sin escriturar, ahora después de muchos problemas hemos dado con el liquidador y hemos hecho la escritura, actualmente está en el registro. Esperamos que esta semana salga de ahí y todo esté ok.
La pregunta es que ahora yo le quiero comprar el parking a mi padre, al valor que sea, ¿me parece que el mínimo es el catastral? Somos más hermanos lo digo por si lo necesitas.
¿De qué manera le puedo comprar el parking para que tengamos que pagar el mínimo?
Compra/venta, donación...
¿Es cierto que si es donación y mi padre muere antes de 2 años consta como herencia adelantada?
¿Qué se puede llegar a pagar?
Gracias

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El impuesto sobre transmisiones patrimoniales (que sería el que habría que pagar en una compraventa) es de naturaleza autonómica, por lo que cada región tiene unos valores mínimos distintos. Por ejemplo, en Andalucía se pueden comprobar en la página:
http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/apl/surweb/consultas/bienesUrbanos/valUrbana.jsp
Los tipos a aplicar tanto en ISD (sucesiones y donaciones) como por ITP (transmisiones patrimoniales) dependerán de la comunidad autónoma en cuestión y de la base (para donaciones). Así que es difícil especificar muchos datos sin conocer la comunidad autónoma.
Gracias
¿Te sirve si te digo que soy de Barcelona?
Por lo que he visto, en Cataluña, el tipo a aplicar por ITP es del 7%. Y para el municipio de Barcelona me da la impresión que el valor para Hacienda Autonómica es del 2,9 veces el valor catastral. Y las escalas de gravamen del ISD aparecen aquí.
Se me olvidaba decir que también habrá que pagar la plusvalía municipal, y que en caso de donación se generará un incremento patrimonial en IRPF (al igual que ocurriría en una compraventa).

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