Venta piso

Buenos días:
En Diciembre 2009 vendí un piso en exclusiva a través de una inmobiliaria. A la hora de hacer la Renta este año, ¿puedo deducirme la Comisión y el Iva que aplicaron por esta venta? La inmobiliaria me dio factura desglosada en donde sale la Comisión que les pague más el Iva que me aplicaron.
Gracias

1 respuesta

Respuesta
1
Por supuesto si el I.V.A. se lo ha pagado a Hacienda. Para que le quede claro, el precio de compra es la cantidad fijada entre vendedor y comprador más todos los gastos que se produzcan, comisiones, I.V.A. (Si no lo ha descontado) notaría, Registro, I.T.P. o A.J.D. en su caso, es decir todos los gastos de la compra. Por tanto en la venta ocurre igual, el precio es el fijado en escritura, menos todos los gastos que abone, de Notaría, de la mal llkmada plusvalía que es realmente el Impuesto Municipal sobre el Incremento de los Terrenos, las comisiones de la Agencia intermediaria, etc. etc., siempre que tenga los justificantes correspondientes que acrediten todos los gastos indicados, tanto en la compra como en la venta. En una palabra compra + gastos y Venta- gastos. Esa diferencia será la péridda o ganancia patrimonial, que tributará al 18% si lo hizo en 2.009.
No hace falta decirle que en caso de ser vivienda habitual, siempre que el total de la venta de la vivienda habitual anterior, se emplee en la compra de la nueva vivienda habitual, está totalmente exento el beneficio que se obtenga.
Cordiales saludos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas