Irpf 2005

Hacienda me reclama la declaración del 2005, ya que no la hice por no llegar a los "topes mínimos" para hacerla. En ese año, solo trabajé 3 meses y el resto estuve cobrando la protección por desempleo.
Según la Ley del IRPF, ¿los qué cobren más de unos 22.000?, con un solo pagador, deben hacer la declaración, pero para los que tienen más de un pagador, en mi caso 2: la empresa en la que trabajé y el INEM, ¿el umbral baja hasta los 11.000? Aprox.
No lo entiendo muy bien, ya que si, por ejemplo, ¿una persona trabaja para una empresa y gana 20.000? Anueles no está obligado a hacerla, pero en cambio yo, ¿qué cobré de mi empresa 3.000? + 8.100? Del paro = 11.100? Aprox., ¿sí qué estoy obligado a hacerla? Por ese razonamiento, uno que cobre más que yo n la hace y yo en cambio, ¿con solamente 11.100? De rendimientos del trabajo tengo que hacerla...
No entiendo nada,...

5 respuestas

Respuesta
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Una cosa es la obligación de presentar declaración y otra muy distinta el resultado de la misma.
El IRPF es un impuesto progresivo y por lo tanto, paga más el que más gana, aunque se tienen en cuenta las circunstancias familiares, etc.
Aunque no se llegue al mínimo obligatorio para presentar, en muchas ocasiones es interesante hacer la declaración, para que nos devuelvan los importes que nos han retenido...
Agradecemos valoración de la respuesta.
Hola:
Creo que no se ha leído bien la duda. Solo gané 11.000 euros en el 2005
Como usted bien dice, tiene dos pagadores, por lo tanto esta obligado a realizar declaración, que no quiere decir que le salga a pagar, puede que le devuelvan dinero de las retenciones que le practicaron.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Solo una apreciación,... uno de los pagadores fue el INEM, con una retención mínima,... pero aún así sigo diciendo que sólo gané 11.000 euros. Es una estafa
Podemos llegar a pensar lo mismo que usted, pero usted tiene dos pagadores, ¿ingreso más de 11.000,00? Y esta obligado a presentar declaración.
Seguro que si sus ingresos han sido mínimos y le han practicado retenciones, dependiendo de su situación familiar, puede que le devuelvan dinero...
Agradeceríamos valoración de la respuesta.
Respuesta
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¿Puede ser que si hayas declarado a hacienda en el 2004 y en el 2005 no?. ¿Has declarado en los sucesivos años?.
Puede ser que te hayan enviado el borrador del 2005, porque muchas veces lo suelen hacer. Yo en tu lugar me pasaría por hacienda y vería tu caso, porque con toda seguridad no tengas que hacerla. Aunque te la manden, eso no quiere decir que estés obligado a hacerla.
Hola:
En el 2004 la hice y en los años sucesivos, pero si en el 2005 solo gané 11.000 euros!
Gracias
Veamos, imagino que hacienda te habrá enviado una liquidación, digamos que una carta que comienza diciendo que usted está obligado a declarar... y por último le envían una liquidación. (No le puedo contestar algo más puntual porque no tengo esa carta delante).
Imagino que esa liquidación no es definitiva, por eso le digo que se acerque a su delegación de hacienda y pregunte, y seguro que podrá realizar una reclamación y no tendrá que presentar ninguna declaración. Pero si se queda esperando y se le pasan los plazos, posiblemente si tenga que hacerla.
Si usted no puede, delegue en un asesor ese trabajo, porque si se queda esperando una respuesta, posiblemente le obliguen a pagar.
Si necesita ayuda en este tema, www.asesorialt.com.
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¿Obligación de declarar para los que tengan dos o más pagadores y lo ganado con el segundo + los siguientes pagadores supere los 1500?, en tu caso con el segundo ya lo superas, entonces tienes que declarar.
Sobre tu restante comentario, comparto tu opinión, Hacienda es lista.
pero,... ¿el INEM también se considera pagador?
Si, se considera pagador, date cuenta que te descuentan irpf.
Respuesta
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Como bien apuntas, la circunstancia más conocida que exime de presentar la Declaración de la Renta es la de obtener unas rentas brutas anuales de trabajo inferiores o iguales a 22.000 euros. Esta cantidad se rebaja hasta 18.800 euros en el País Vasco, cuando se trata de tributación individual.
Para no estar obligado a rendir cuentas con la Agencia Tributaria, estos ingresos deben proceder de un solo pagador o de más de un pagador siempre que la suma de las cantidades percibidas por el segundo pagador y los restantes no supere los 1.500 euros anuales.
En tu caso, ¿si del segundo pagador se recibieron más de 1500?, tenías la obligación de presentar la declaración.
Saludos,
Cristina
www.psico24h.com
Respuesta
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Bueno eso es la ley tributaria, que sea justo o no, pero es así.
¿Si el segundo pagador supera en 1500? ¿Se aplica el segundo limite y ya no los 22000?.
Suerte

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