Partiendo de la base que las ayudas del Plan PIVE están sujetas al impuesto, debiendo incluir el importe de la ayuda pública recibido en 2013 (1.000 €) en el apartado de Ganancias Patrimoniales de la declaración, hemos de ver si esto nos obliga a hacerla, teniendo en cuenta que están obligados a declarar:
1. Aquellos contribuyentes con salarios superiores a 22.000 euros brutos
2. Los que ganan más de 11.200 euros si tienen más de un pagador y la suma de lo percibido por el segundo y restantes excede los 1.500 euros al año.
3. Cuando se tienen rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, por un importe superior a 1.600 euros anuales en
conjunto.
4. Los que tengan Imputaciones de rentas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro o subvenciones para la adquisición
de viviendas de protección oficial o de precio tasado, que superen los 1.000 euros
anuales.
5. Si se tienen rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas o
ganancias patrimoniales superiores a 1.000 euros anuales en conjunto.
6. Cuando se han sufrido pérdidas patrimoniales superiores a 500 euros.
Por tanto, ha de mirar en que caso se encuentra su hija para ver si debe presentar la declaración, ya que al estar el coche a su nombre, entiendo que fue ella la receptora de la ayuda (por tanto usted no debe incluir esa ayuda en su declaración). Si no tiene ningún ingreso más, de acuerdo al punto 5, su hija no debería presentar la declaración, ya que no supera los 1.000 euros anuales.
Debo advertirle que si el coche lo pagó usted y lo puso a nombre de su hija, la administración, de darse cuenta, puede considerar eso como una donación (sobretodo si su hija no tiene ningún ingreso) y obligarles a realizar la declaración de ISD correspondiente, si bien no es muy común que se den cuenta, ... aunque podría pasar y por tanto creo que debo ponerle sobre aviso para que usted lo sepa.
Espero haberle ayudado y si tiene alguna otra cuestión no dude en comentármela, estaré encantado de ayudarle. Aprovecho para comentarle que en mi blog www.misfinanzasytudinero.com publico artículos relacionados con la fiscalidad y las finanzas que igual le pueden ser de ayuda en otra ocasión. Puede suscribirse al mismo o unirse a mi twitter o google+ y así mismo le agradecería que si considera que el blog es interesante y cree que puede ayudar a más gente le diera difusión en sus redes sociales.