Irpf 2010

Buenas tardes,
estoy reformando mi vivienda habitual y no entiendo muy bien cómo funciona la desgravación para la renta del año que viene con la entrada de la reforma de abril de 2010.
Tengo hipoteca y normalmente suelo llegar a los 5000 euros de amortización y yo aporto en diciembre la diferencia hasta los 9015 euros para desgravarme el máximo. Lo que no tengo claro es si lo que yo invierta en reformar ahora me lo puedo deducir al año que viene, y si ese límite de 9015 seguirá siendo el mismo o sube por el hecho de juntarse las dos cosas (hipoteca y reforma)
Todo esto viene de que el albañil me pide una parte en efectivo y entonces claro, por esa parte ya no me deduciré porque no me dará factura...
¿Cómo calculo de cuanto debería ser la factura?
Muchas gracias, saludos
Respuesta
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Lo que debe tener claro es que para poder desgravar en la vivienda hab itual aparte de los pagos normales de la hipoteca, ¿hasta el tope como Vd. bien dice de 9.015? Uros, las reformas solamente son deducibles si se trata de ampliar los m2 habitables de la vivienda, cierre de terrazas, habilitar un garaje, etc., pero no para cambio de suelos, fontanería, electricidad, electrodomésticos, decoración, muebles etc..
Todo eso responde a la lógica de que lo que desgrava es "vivienda<"no mejoras o reformas que no representen mayor habitabilidad. La reforma del 2.010 ma lo ue se refiere es a la aplicación hopy del 7% y el 1 de Julio del 8% del I., V.A., cuando antes era dxel 16% ahora y del 18% a partir de 1º de Julio. No otra cosa. Y de momento apra 2.010 el tope de deducción no ha variado, ¿sigue en 9.015? Uros.
Si fuera amplkiación de m2 habitables o se lo pudieran poner en la factura pqara poderlo demostrtar, el que Vd. le dé un adelanto al albañil no significa que ese dinero no se pueda deducir, claro que sí, ya que el albañil está obligado a entregarle una "factura de anticipo a cuenta" del total de la obra, que nos imaginamos le habrá presupuestado y por escrito. Que Vd. le entregue cantidades a cuenta no quiere decir que no haga facturas de anticipo y al final la factura definitriva, indicando en la mimsa los anticipos ya pagados.
Confiando haber dejado aclarado el tema, nuestros cordiales saludos.

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