¿Puede una factura no llevar iva?

Buenos días: Voy a firmar un contrato de compra de productos con una marca de cerveza y la empresa por vender sus productos, me adelanta un dinero que se va devolviendo a medida que se consume el producto. Para la entrega de este dinero, según dice el contrato, yo autorizaré para expedir una factura, documentando que ese diner ha sido entregado. Para todo ello, yo debo disponer de un aval bancario, y todos los requisitos. El caso es que la empresa me dice que mi contrato no lleva IVA, y yo me pregunto: ¿Si voy a emitir una factura como que me entregan el dinero, puede ir sin IVA?, Esta factura yo tengo que presentarla en la declaración de la renta, ¿qué consecuencias tendría? ¿Existe otra figura legal para entregar este dinero sin que sea factura? (Rappel, previsión de fondos, etc...)
Muchas gracias

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No acabo de comprender tu pregunta.
La verdad es que es un poco lioso, se lo explico con frases textuales del contrato:
1. El objeto del contrato es que la empresa se obliga a suministrar al cliente los productos(Cervezas)
2. Contraprestación de la empresa: "En contrapartida por el consumo mínimo de productos, la empresa entrega al cliente la suma de 000000? correspondiente al tipo impositivo vigente mediante Transferencia Bancaria. A estos efectos, el cliente autoriza a la empresa para que expida en su nombre la factura completa que documente la operación". Esta cantidad constituye el abono de una contraprestación por las obligaciones de compra y promoción de productos del cliente.
Este contrato no lleva IVA.
No si lo entenderá ahora, por favor no dude en preguntarme, muchas gracias por su contestación.
Pues creo que me has dejado igual.
Yo soy un cliente vuestro que os compro cerveza, si me comprometo a consumir 10000 litros al año, vosotros me pagáis una cantidad de 2000 euros por ejemplo. ¿Pero esa cantidad en concepto de que?

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