Impuesto valor añadido

Hola, cuando trimestralmente una empresa hace el 303, si le sale a pagar paga, ¿pero si le sale a devolver se lo devuelven ese trimestre o lo dejan a deber? ¿Hasta cuándo?
¿Cómo va esto?

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Cuando la Cuota resultante es negativa, durante los tres primeros trimestres del año tienes que dejar la cuota a compensar y es en el cuarto trimestre cuando puedes elegir la devolución o seguir dejando la cuota a compensar.
Opcionalmente también puedes pedir la inscripción en el Registro de devolución mensual. Si perteneces a este Registro debes hacer declaraciones mensuales, pero puedes pedir la devolución cada mes. Adicionalmente tienes la obligación de hacer un modelo junto con el modelo 303 que es 340 donde declaras todas las facturas emitidas y recibidas del mes. Esta opción la suelen elegir las empresas que siempre tienen IVA a devolver debido a la actividad que realizan (sobre todo empresas exportadoras)
Vale supongamos que tienes algunas cuotas negativas, ¿es en el cuarto trimestre cuando ya puedes pedir que te lo devuelvan? ¿En el mismo 303 de 4 trimestre? ¿O a parte de los 4 trimestres se hace otro modelo donde está todo el año y compensas las cuotas negativas?
En el cuarto trimestre tienes que solicitarlo mediante el modelo 303 pero además debes realizar la declaración resumen del año 390. Este último modelo lo debes hacer independientemente de que pidas o no la devolución.

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