Herencia e impuestos

Hola, quisiera saber donde se deber presentar al pago el impuesto de sucesiones, ¿en la Comunidad de residencia o en la de fallecimiento?. Y si en el caso de un bien inmueble (vivienda), el hecho de pagar en una comunidad en al que el impuesto de sucesiones se haya suprimido, puede suponer que en una posterior venta pague más impuestos que si la herencia se hubiera pagado en una Comunidad en la que el impuesto no se haya suprimidoa. Gracias
Respuesta
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El tema del pago de impuesto de sucesiones es complejo, pues hay una normativa nacional y una por cada comunidad autónoma o foral...
Como norma general tendremos en cuenta el lugar de residencia habitual del difunto, pero el algunos casos se ha de tener en cuenta el de los herederos y el tiempo que lleva como residencia habitual, tanto el difunto como los herederos. Es complejo y no hay una sola respuesta, hay que estudiar la situación completa. Por lo que le recomendamos se ponga en manso de un abogado especializado.
En cuanto a la venta, siempre se pagaran impuestos por la venta, y se calcularan teniendo en cuanta el precio marcado en la adjudicación de la herencia (precio de compra), tibuten o estén exentos del pago de impuestos (según comunidades autónomas) y el importe de la venta... Pues se trata de un incremento de patrimonio y por ello se tributa en el IRPF. Si no se vende, también se tributa por el IRPF, como imputación de renta, o por el beneficio en caso de estar alquilada.
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