¿Modelo hacienda para una peluquería?

He abierto una peluquería y me he dado de alta en Régimen Especial de Autónomos, fui Hacienda y me dijeron que tenia que llevar un libro de Ingresos y Gastos y que tenia que presentar el modelo 130 trimestral, pero además de este, ¿no se si debería también presentar el modelo 310 o 303? Ya que mis gastos tienen IVA. Me podrían aclarar esta duda.

2 Respuestas

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Puede consultar aquí como cumplimentar el modelo 303 y aquí como cumplimentar el modelo 130 aunque como ha comentado el compañero recomendamos que contacte con un asesor fiscal ya que su coste compensará posibles problemas con hacienda derivados de algún error.

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Por lo que parece esta usted en régimen general de estimación directa IVA e IRPF, por lo tanto, tendrá que presentar modelo 130 para el IRPF y el 303 para el IVA. En cualquier caso, creo que su actividad permite el alta por indices o módulos, que puede resultarle más interesante, aunque seria para el próximo año, si es posible...
Le recomendamos que se ponga en manos de un especialista que le estudie el tema... y le ayude con los modelos a presentar. No debe olvidar presentar la declaración anual de IVA en Enero del próximo año. E incluir los datos de la actividad económica en su declaración de Renta, indicando los pagos fraccionados del 130.
Si tiene el local alquilado o trabajadores, también ha de presentar los correspondientes modelos de retenciones.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Haber el modelo 130 es de Ingresos y todos los gastos relacionados con la actividad, ¿no? Si pongo ya los gastos en el modelo 130, ¿para qué tengo que hacer el modelo 303 que me tengo que deducir dos veces el Iva de los gastos? Gracias.
Es que en el modelo 130 no se incluye el IVA, usted ha de incluir los ingresos y los gastos, pero sin el IVA deducible o el repercutido... Que se tramita mediante el modelo 303, donde se hace la declaración del IVA.
Agradecemos valoración de la respuesta.
O sea, tengo que poner en el modelo 130, los ingresos de mis clientas no tienen IVA y los gastos de los productos, luz, teléfono, autónomo, ... sin Iva.
Y en el modelo 303, tengo que poner la base de los Ingresos y el IVA e Igual de los gastos, ¿pero qué IVA le tengo que poner a mis ingresos si no tengo?
Sus ingresos también tienen IVA...
En el IRPF (130) se regularizan los ingresos y los gastos deducibles por la base imponible (sin IVA).
En el IVA (303) se regularizan los ingresos y los gastos deducibles por el IVA, pero ha de saber la base imponible y diferenciar por el tipo de IVA...
Le recomendamos se ponga en manos de un profesional que le realice las declaraciones, para evitar sanciones.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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