Prescripción pago diferencia impuestos

Buenos días,

El 4 de noviembre de 2008 compramos una vivienda, a la que se le aplicó un impuesto de transmisiones patrimoniales reducido del 3.5%; ahora Hacienda nos reclama la diferencia hasta el importe íntegro del 7%, ya que no ocupamos la vivienda en los 3 años posteriores debido a que la estábamos acondicionando y haciendo obra, ya que según Hacienda no podemos acreditar que la vivienda se compró como habitual, aunque su finalidad sí era esa, no se compró ni como segunda residencia ni para alquilarla, por ejemplo.

Al terminar la obra en octubre de 2011, sí que nos mudamos, ya que antes no hubiéramos podido debido a estas obras.

La agencia tributaria de Andalucía nos notificó el 16 de enero de 2013 que teníamos que hacer estos pagos, aunque la carta de de la agencia tributaria aparece firmada con fecha 22 de noviembre de 2012.

Nuestra pregunta es si el plazo que tenía Hacienda está prescrito para reclamarnos el pago de este porcentaje, o si podemos reclamar de alguna forma.

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Sin disponer de toda la documentación, no puede darse una respuesta concreta.

Efectivamente, los impuestos prescribirían a los cuatro años, desde la fecha del impuesto... pero puede haber alguna notificación que no haya llegado, por ejemplo.

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le estudie toda la documentación concreta y le ayude con esta cuestión.

Alguien me ha comentado que esto prescribiría a los 4 años y 1 mes desde la fecha de compra de la vivienda, ¿Puede ser esto así?

Gracias por su respuesta

La prescripción es a los cuatro años, pero es algo complejo su calculo, pues se tienen en cuenta diferentes cuestiones, como intentos de notificación, años fiscales para algunos impuestos, etc.

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y le ayude con el posible recurso.

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