Reinvertir en vivienda habitual

Hace unos días preguté sobre esté tema. Ahora tengo una nueva duda. Tengo entendido que para reinvertir las ganancias de la venta de la vivienda habitual en una nueva vivienda se dispone de dos años de plazo desde el momento de la venta. En el caso que ya haya comprado la nueva vivienda, ¿dispongo también de este plazo de dos años?
Gracias por la respuesta.

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Según el último párrafo del artículo 39.2 del Reglamento del IRPF, también dan derecho a exención por reiversión las cantidades destinadas a satisfacer el precio de una vivienda habitual que se hubiera adquirido en los dos años anteriores a la transmisión. Por lo tanto, no tendrás ningún problema para beneficiarte de la exención.

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