Duda adquisición o construcción

En primer lugar muchas gracias anticipadas. El año pasado me construí una casa con dinero que pedí prestado al banco (préstamo hipotecario). Mi pregunta es la siguiente: Al hacer la declaración de la renta en que casilla lo tengo que poner para desgravarme
* Adquisición de vivienda
* construcción o rehabilitación de vivienda
he preguntado a gestores y me dicen que en adquisición de vivienda, porque ha sido con financiación ajena. Esta es mí pregunta ya que no lo tengo muy claro porque de ponerlo de una manera o de otra hay una diferencia a pagar de 75.000 ptas. De las de antes.
Respuesta
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Hay que hacer una diferenciación:
- Mientras se está construyendo la vivienda, los pagos que se hagan a los proveedores o al promotor se realizan en concepto de construcción y no pueden aplicarse los coeficientes incrementados de financiación ajena, aunque haya habido financiación (por eso ves esa diferencia en la deducción).
- Sin embargo, una vez la construcción ya esté finalizada y se realice la entrega (es decir, que se adquiera la titularidad jurídica de la vivienda), ya podrás deducir los pagos posteriores como si se tratase de una adquisición de vivienda, es decir, con los porcentajes incrementados.
Por lo tanto, es posible que en tu caso debas dividir los pagos entre ambas casillas en función de la fecha de terminación de las obras. Si excedes del límite de deducción anual, no hay nada que te impida incluir primero los pagos posteriores a la construcción (que tiene mayor deducción) y el resto imputarlo a los anteriores.
Tienes la confirmación de la información que te doy en este vínculo (consulta de la Agencia Tributaria):
http://www.aeat.es/cgi-bin/aeat/INFORMA/AGENCIA/cuestion?TITULO=5&CAPITULO=210&PREGUNTA=257

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