Hola! Ayuda tengo un lía tremendo! (IRPF)

Buenos días! Mi pregunta es fácil, pero a mi me está dando unos quebraderos de cabeza... Iré al grano, este mes he empezado a trabajar por cuenta propia exclusivamente (abogado), pero mis ingresos no superan las 60.000 de las antiguas pesetas. No se si tengo que declarar iva, ni cómo debo hacerlo, ni cuanto tendré que pagar... ¿cómo funciona exactamente?...¿Puedo presentas tickets de compra y pagos con tarjeta a mi nombre para deducirlos como iva soportado? (Osea, si esto sirve como factura)
Otra pregunta: ¿Tendré qué hacer la declaración de la renta? ¿Me será beneficioso?
Gracias!

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Debes presentar IVA con carácter trimestral, debes darte de alta en la Administración Tributaria, para que las facturas sean deducidas deben de constar tu NIF, el del establecimiento, y diferenciado el IVA que se aplica y la cantidad sobre la que se aplica así como el concepto.
Debes de realizar la declaración de la renta ya que es factible que te salga a devolver.

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