Declaración de la renta

Buenas tardes:
Quería comentarle una duda que tengo en cuanto a la declaración de la renta de mi marido. Mi marido es Dominicano y lleva en España dos años y medio, trabaja en un bar como camarero y el año pasado, aunque no tenía obligación de hacer la declaración de la renta, la hizo porque le salía a devolver (negativa). Éste año no se si tiene obligación de hacerla o no y de ahí que necesite su ayuda.
El año pasado trabajó en el mismo bar pero su jefe cambió de empresa en Junio (por lo que a efectos fiscales trabajó en dos empresas distintas); lo primeros meses ganó unos 4300€ de retención tuvo 85€ y de aportaciones 272€. Los restantes 6 meses en la nueva empresa ganó 7300€, no le retuvieron nada y de aportaciones tuvo 464€.
Con estos datos, ¿me podría decir si tiene la obligación de hacer la declaración? Es que me han comentado que al no retener nada no tiene dicha obligación pero tampoco entiendo por qué razón.
Esperando su contestación, muchas gracias.

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Para saber si hay que hacer la declaración de la renta se debe tener en cuenta que están obligados a declarar:

1. Aquellos contribuyentes con salarios superiores a 22.000 euros brutos

2. Los que ganan más de 11.200 euros si tienen más de un pagador y la suma de lo percibido por el segundo y restantes excede los 1.500 euros al año.

3. Cuando se tienen rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, por un importe superior a 1.600 euros anuales en conjunto.

4. Los que tengan Imputaciones de rentas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro o subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, que superen los 1.000 euros anuales.

5. Si se tienen rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas o ganancias patrimoniales superiores a 1.000 euros anuales en conjunto.

6. Cuando se han sufrido pérdidas patrimoniales superiores a 500 euros.

Por los datos que me das, tu marido supera los 11.200 euros procedentes de más de un pagador, siendo lo percibido por el segundo pagador superior a 1.500 euros, por lo que le corresponde realizar la declaración.

En cualquier caso, y en función de la situación personal, es posible que no tenga que pagar nada o que incluso le tengan que devolver el dinero retenido, ya que la obligación de hacer la declaración no significa que esta le resulte a pagar.

Espero haberte sido de ayuda. Aprovecho para comentarte que en mi blog www.misfinanzasytudinero.com hay publicados artículos sobre temática fiscal y financiera que pueden ayudarte a ahorrar unos euros y a sacar más rentabilidad de tu dinero. Te agradecería que si consideras el blog interesante y crees que puede ayudar a mas gente lo compartieses con familiares, amigos y conocidos en tus redes sociales.

Muchas gracias y un saludo,

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