Reclamación por ingresos indebidos

Por unos ingresos indebidos en la cuantía de la pensión de jubilación durante el año 2.000, empiezo ahora a devolver de forma fraccionada dichos ingresos (restándose una parte de la pensión actual). Al finalizar toda devolución sé que podría y debería rehacer la declaración de renta del ejercicio 2.000 (acabo de hacerlo para el ejercicio del 99 por el mismo motivo y me devolverán unas 50.000pts), pero no terminaré de devolverlo todo hasta el 2.006, año en el que el ejercicio 2.000 ya habrá prescrito y creo que ya no tendré derecho a rehacer y reclamar la diferencia en el resultado de aquella declaración. Si no estoy equivocado, ¿hay alguna solución para no perder lo que me tendrían que devolver?
Gracias

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La prescripción se interrumpe por cualquier actuación de la Administración o del interesado, tendentes a la resolución definitiva del asunto que se trate, por tanto, desde el momento en que solicitar una devolución de ingresos indebidos por un impuesto de un determiniado ejercicio que no haya prescrito, entonces la prescirpción se interrumpe y se vuelve a computar el tiempo trascurrido de prescripción desde cero. Por lo tanto, en tu caso, el ejercicio 2000 no prescribirá cuando tú piensas.-
Muchísimas gracias
Gracias. Tengo una duda: ¿Quieres decir que, antes de que prescriba, presente la rectificación de la declaración con la parte devuelta para evitar la prescripción y volver a presentar otra en el 2.006 con la totalidad de la devolución?
Seríala solución que más se ajustaría a la ley. Procura tener en reserva algunos modelos de la renta para el año 2000, porque es muy habitual que se agoten y luego no puedas presentarlo. Si está disponible el programa del IRPF para ese año en la página web: www.aeat.es, te recomiendo que te bajes una copia y la mantengas hasta que liquides definitivamente ese año. También podrías hacer lo mismo para otros ejercicios.-

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