Iva

Hola quisiera que me aclararan la siguiente duda: si una s.l. Se dedica a dos actividades económicas diferentes, y está dada de alta en ambos i.a.e. ¿la contabilidad de la empresa se hace conjunta, y por tanto ambas actividades se recogen en un único libro diario y solo se depositan unas únicas cuentas anuales en el registro? ¿Y el iva se declara por separado según el tipo de actividad, esto es, siguiendo con el ejemplo, dos declaraciones diferentes?
Gracias anticipadas.

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El tener dos actividades bajo una misma forma jurídica no implica que debas llevar una contabilidad separada para cada una de ellas (otra cosa es que tú lo quieras hacer, para tener una información más exacata de el beneficio que obtienes en cada una de ellas). En todo caso, de cara al Registro Mercantil, solo debes depositar unas únicas cuentas anuales y libros de contabilidad.
A efectos de IVA, ocurre lo mismo: debes presentar declaración "conjunta", es decir que en una misma declaración debes incluir los datos agregados de todas las actividades. La única particularidad que puedes encontrarte por el hecho de tener dos actividades es que si en una de ellas no repercutes IVA (al estar exenta de este impuesto, por ejemplo formación), las cuotas soportadas de IVA no serán plenamente deducibles sino que estarán sujetas a la regla de la prorrata, la cual implica que no podrás deducirte todo el IVA soportado, sino solo aquel que hace referencia a la actividad no exenta de IVA.

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