¿Yo tengo unos locales alquilados, tengo que hacer el modelo 347?

Buenos días;

yo tengo unos locales alquilados, tendría que hacer el modelo 347.

Un saludo

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Como usted no ha suministrado información tributaria al respecto (salvo en el IVA), si los alquileres superan los 3005,06 euros, tendrá la obligación de presentar el modelo 347.

Como dice el artículo 34 apartado d) del Real Decreto 1065/2007:

"En particular, se harán constar separadamente de otras operaciones que, en su caso, se realicen entre las mismas partes, los arrendamientos de locales de negocios, sin perjuicio de su consideración unitaria a efectos de lo dispuesto en el artículo 33.1 de este reglamento. En estos casos, el arrendador consignará el nombre y apellidos o razón social o denominación completa y el número de identificación fiscal de los arrendatarios, así como las referencias catastrales y los datos necesarios para la localización de los inmuebles arrendados."

Por tanto, sí debe presentarlo, pero no se demore mucho pues el plazo finaliza el 28 de febrero.

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