Dación en pago entre particulares

Quisiera saldar una deuda con la entrega de una casa, ¿hay qué pagar algún tipo de impuesto, pagos etc..? La comunidad es C-LM.

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Una dación en pago, se hace con la entidad que le tiene financiada la vivienda, solo puede hacerse entre particulares, en caso de que su crédito se de un particular. En caso contrario, lo que hace usted es una venta.

En cualquier caso, si genera impuestos la dación. Por un lado la plusvalía municipal y por otro, usted lo ha de incluir como incremento patrimonial en su declaración de Renta (normalmente es una disminución patrimonial y no paga).

NO es una venta, 2 de mis hermanos me dejaron dinero para comprar la casa, pero no se lo puedo devolver, están de acuerdo en que les pague con la casa y la deuda quedaría saldada. que pasos se deben seguir?en que gastos nos afecta a mi y a ellos? seria mejor hacerlo antes de fin de año, por los impuestos si los hubiera? No tengo ni idea.

Muchísimas gracias

Lo primero recomendarle que se ponga en manos de un abogado, que le estudie su situación concreta.

Entendemos que usted tiene documentado el crédito que le hicieron sus hermanos. En caso contrario, no se podrá articular como una dación en pago.

Una dación en pago, genera unos impuestos similares a una compraventa, es decir, para usted sera un incremento de patrimonio en su declaración de renta (puede ser una disminución) y generara plusvalía municipal.

Para sus hermanos, tendrá que pagar en Hacienda de su comunidad autónoma por la operación. Al ser entre particulares, no hay IVA, por lo tanto, en principio, no hay variación respecto a realizarlo ahora o a primeros de año, aunque esto dependerá de su comunidad autónoma.

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