¿Puede realizar la Declaración Conjunta matrimonio de españoles casados en el extranjero?

En octubre mi pareja y yo nos casaremos en Nueva York en el City Clerk (registro de matrimonios) de Manhattan, apostillaremos el certificado para registrarlo en el Registro Central, ya nos han informado de todos los pasos a seguir en el Registro de nuestra ciudad, la duda se nos presenta a la hora de hacer la Declaración de la Renta el año que viene ¿Podremos hacerla conjunta?

Respuesta
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Ustedes son un matrimonio, legalmente en España, pues están inscribiendo el mismo en el Registro Civil.

Por lo tanto, pueden realizar declaración conjunta.

Muchas gracias por su respuesta, desde el Registro Civil de nuestra ciudad nos dijeron que el trámite podía tardar entre 6 meses y 2 años, si recibiera el libro de familia antes de realizar la declaración no habría ningún problema, el problema surge al tener que realizarla sin haber terminado el proceso de registro del matrimonio, nos dicen que el matrimonio es legal desde que nos casamos, pero si Hacienda revisara nuestra declaración ¿serían documentos válidos el certificado de matrimonio extendido apostillado (en inglés), la traducción jurada, y la copia de solicitud del Registro Civil?

En nuestra opinión, si seria valido. Pero como siempre, la interpretación de Hacienda puede ser algo diferente, según las circunstancias y el funcionario encargado del expediente...

Normalmente si ustedes están empadronados en el mismo domicilio y es su mismo domicilio fiscal comunicado en hacienda, no tendrán problemas.

Muchísimas gracias por su respuesta, preguntamos en Hacienda y nos dieron una respuesta similar a la suya, pero no nos lo decían con seguridad, llevamos conviviendo en el mismo domicilio (y empadronados) desde hace más de dos años y los dos somos españoles, en principio no debería haber problemas... Ya veremos que sucede el año que viene a la hora de hacer la Declaración. Nuevamente muchas gracias por su rápida y amable respuesta.

Saludos y buenas tardes

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