Duda sobre pago de impuestos en Argentina

Hola,

Soy ciudadano español con una propiedad inmobiliaria en Buenos Aires adquirida el año 2012. Ahora en marzo del 2013 finaliza el plazo para la declaración de impuestos. No ha estado alquilado o sea que entiendo que solo aplicaría el impuesto de bienes personales
(equivalente al que en España llamábamos "impuesto de patrimonio"). Pero bueno, podemos suponer también que el de ganancias me aplica porque algún tiempo lo voy a alquilar. Consultados varios contadores recibo indicaciones contradictorias. Algunos me dicen que pagues los impuestos y otros que ni loco. Por supuesto que deben pagarse, esa sería mi
obligación tributaria pero no quiero entrar en debates morales o éticos, solo quiero saber si lo que me dicen es cierto. Los argumentos contrapuestos serían:

"Paga los impuestos o de lo contrario si algún día decides vender el departamento, AFIP detectará que no lo has hecho y entonces lo pagarás con penalización y multa"

Por otro lado:

"No los pagues porque es difícil que lo detecten y, cuando vendas, no tienen porque darse cuenta, ya que son impuestos distintos, es decir una cosa no tiene porque conducir a
descubrir la otra".

Me sorprende esta disparidad de opiniones entre contadores y agradeceré su opinión al respecto sobre cual de las dos afirmaciones es cierta a día de hoy en Argentina.

Muchas gracias.
Xavi

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La Ley de Argentina dice claramente que los ciudadanos extranjeros que poseen bienes en el país, deben pagar el impuesto a los Bienes Personales. Todo lo que otros te digan, es claramente evasión o un dolor de cabeza para el futuro.

El Fisco argentino tiene cada vez más información de los contribuyentes, y si no pagas ahora, luego, cuando vendas o alquiles, tendrás que pagar mucho más, por multas, intereses, etc.

Si quieres, para saber cuánto es lo que corresponde me puedes pasar la Valuación Fiscal en el Impuesto Inmobiliario y el Valor de Compra y te digo cuánto sería el impuesto.

Quedo a tus órdenes.

Saludos.

Fernando Aguilar

Contador Público

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Esta perfecta tu duda y es entendible que te hayan dado respuestas dispares. Desde ya que te aseguro que si no pagas el impuesto a las ganancias no tendrás ningún tipo de problemas a la hora de vender.

En realidad el hecho de que tengas obligación de tributar es relativo, puede ser como no, porque el procedimiento correcto sería calcular el valor locativo (el presunto valor al cual se alquilaría el bien en cuestión), y a la suma de ese valor por los doce meses del año, restarle las deducciones computables y ahí VER SI CORRESPONDE O NO EL INGRESO DEL IMPUESTO.

No obstante, si tarde o temprano tu intención es alquilar, bien podrías tributar puntualmente cuando lo tengas en alquiler, si luego lo vendes, AFIP entenderá que se tributó el impuesto (por esos meses en los cuales realmente lo rentaste) y no pondrá traba alguna al momento de concretar la venta.

Espero te sirva esta información, cualquier duda no dudes en consultarla.

Desde ya muchas gracias por su pronta respuesta. Podría si es tan amable ampliar la respuesta al impuesto de bienes personales (impuesto patrimonial). La duda es la misma, algunos contadores me dicen que debo declararlo y otros no. Siempre el problema se puede dar a la hora de vender según algunos. Según otros no.

Muchas gracias.

Xavi

Ese tema de Bienes personales es muy especial, porque deberías verificar el Avalúo provincial para constatar que te corresponda tributar. En caso de que supere los 305.000 (pesos argentinos) deberías tributar.

Para este caso no solo deberías, sino que además te lo recomendaría, ya que si bien los controles de AFIP en este sentido son muy pobres, por otro lado es muy económico y fácil quedar encuadrado dentro de la ley y tributar (ten en cuenta que solo se tributa el 0,5% o 0,75% del valor fiscal)

En síntesis: Si supera los 305.000 y no tributas, tal vez no tengas problemas, pero si lo haces quedarás perfectamente encuadrado y por muy poco dinero.

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Según puedo ver hay dos cosas a analizar. La sola tenencia de bienes al fin de cada año te obliga a inscribirte, declarar y pagar Impuesto sobre los BIENES PERSONALES, para este caso el monto de los mismos, en su conjunto, deberían superar los $302500,00. Analizá tu capital y se resuelve si corresponde (el monto a pagar es el 0.5% del total, aumenta según sea mayor). Por otro lado, hacés mención a una locación, en tal caso deberías inscribirte (monotributo o responsable inscripto) y tributar, según el caso, IVA y GANANCIAS más ingresos brutos en la jurisdicción del inmueble. Ambos impuestos (Bienes Personales y los generados por la locación) son independientes entré sí.

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