Requerimiento de hacienda sobre vivienda habitual

He recibido un requerimiento en la cual me dice que como no estoy empadronada en donde tengo la vivienda habitual, no lo admiten. Me gustaría que me dijese en que ley pone que me tengo que empadronar donde tengomi vivienda habitual, ya que si en ella paso más de 184 días, se me considera habitual, la verdad es que nunca le he dado importancia al empadronarse en un lugar o otro, por lo que estoy empadronada en Madrid, y mi vivienda está en Huelva, pero es que debido a mis enfermedades paso el mayor tiempo allí, pero como viven en Madrid mis hijos y mi marido, nunca se me ha ocurrido empadronarme allí, les he mandado recibos de luz, pero no me lo admiten, siguen diciendo que tengo que empadronarme allí. Por lo que le pido que me indique en que ley me puedo basar para impugnar lo que dicen.

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El empadronamiento constituye la primera prueba para acreditar que un contribuyente reside de forma habitual en una vivienda. Sin embargo, no es la única prueba para entender la vivienda habitual de una persona. Así lo entiende además la Agencia Tributaria, en la medida en que se pruebe la residencia habitual con cualquier medio de prueba fechaciente. Podemos estudiar su caso con detalle para proponer una serie de pruebas, teniendo en cuenta también los criterios de Hacienda en estos casos. Incluso podemos redactar un escrito de alegaciones haceinda valer su situación. Póngase en contacto con nosotros, somo especialistas, saludos,
www.asesorum.es/fiscal

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