Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto.
Desconocemos exactamente la legislación de Canarias, pero sera la que tenga que tener en cuenta en cuanto al pago de impuesto de donaciones, normalmente. En algunas comunidades autónomas, esta casi exenta de padres a hijos, en determinados casos.
Para su padre, sera un incremento de patrimonio la donación en su declaración de renta, y para usted tendrá que imputarse una renta por esta vivienda en su declaración, siempre que no sea su vivienda habitual.
Ademas de los impuestos de donaciones, tendrán que pagar la plusvalía municipal, que depende del ayuntamiento donde este el inmueble y puede estar bonificada en algunos casos. Mas los correspondientes gastos de notario y registro.