Plusvalías por venta de piso en herencia

Tengo un piso en venta que era de mis padres, pero mi madre falleció en junio de 21012, tengo pagados todos los impuestos que hay que pagar, pero ahora me entero que al vender el piso, los herederos tenemos que pagar unas plusvalías. Me gustaría saber cuanto suelen costar. El año en el que se compró fue en 1975 y costó 412960 pts (2482€) y ahora lo vendemos por 108000€ + o -. También tengo la duda de si mi padre al tener una minusvalía reconocida del 43% y tener reconocida una dependencia de grado II, tendría que pagar o estaría exento.

Gracias de antemano. Un saludo . Por cierto el piso y nosotros vivimos en Logroño (La Rioja)

2 respuestas

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El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Bienes de Naturaleza Inmueble (la plusvalía) es un impuesto municipal y se calcula no sobre el valor de tasación o venta, sino sobre el valor catastral.

Por ello es necesario que se informe en el propio Ayuntamiento de Logroño del valor catastral de su finca. Ya de paso, allí le podrán calcular con exactitud la cuantía a pagar.

También tiene en esta web un sistema automático de cálculo que al menos le podrá dar una idea aproximada a poco que rellene los datos:

http://www.foro-ciudad.com/la-rioja/logrono/documento-52070.html

En cuanto a su última pregunta, no existe bonificación en el pago por la minusvalía de su padre, pero sí puede haberla por tratarse de primera vivienda del fallecido. Insisto, tendrá que aclararlo en el Ayuntamiento.

En todo caso, puede volver a hacer esta pregunta en una sección más especializada de TodoExpertos:

http://www.todoexpertos.com/categorias/dinero-y-servicios/impuestos/

Un cordial saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

Más Derecho en mi blog: http://adrianmayor.com

Respuesta

Por un lado esta la plusvalía, que se la ha de calcular su ayuntamiento y esta en función de la fecha de compra y la de venta, según el valor catastral.

Por otro, al usted vender, se produce un incremento de patrimonio, que tendrá que declarar en su declaración de renta y tributar por el beneficio obtenido. En cualquier caso, nosotros no realizamos cálculos desde esta pagina.

Agradecemos valoración de la respuesta. Gracias

www.abogadosedo.es

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