Están obligados a presentarlo: Todas aquellas personas físicas o jurídicas que realicen actividades empresariales o profesionales, siempre y cuando hayan realizado operaciones que, en su conjunto, respecto de otra persona o Entidad haya superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año 2004. Esta declaración aunque se presente en el año 2005, se refiere a las operaciones que hayamos hecho durante el año anterior, 2004 Además en este modelo, se deben declarar tanto las operaciones típicas y habituales que hagamos, como las ocasionales e incluso las operaciones inmobiliarias. Hay que declarar en el impreso el importe total de la contraprestación, es decir se deben añadir las cuotas del IVA, y en su caso, los recargos de equivalencia repercutidos o soportados, y las compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería o pesca percibidas o satisfechas. El día 31 de marzo de 2005 finaliza el plazo, y debemos declarar las operaciones realizadas durante el ejercicio 2004. Para ello debemos utilizar la fecha de la factura como base para saber si una operación pertenece a uno u otro año. La presentación deberá hacerse en la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente a nuestro domicilio fiscal, o bien por correo certificado utilizando para ello el sobre anual que corresponda. Es obligatoria la presentación en (disquete) o por Internet, de aquellas declaraciones anuales de operaciones con terceras personas que contengan más de veinticinco personas o entidades relacionadas en la declaración. Esta declaración informativa, que no impuesto, es una declaración de las actividades con terceros con finalidad de control de facturación, entidades, etc para la Agencia Tributaria. Un saludo. No olvide valorar la respuesta.