Sobre ayuda familiar 20000 euros

Bien es una pregunta simple he vendido una casa y he comprado otra pero la segunda es más cara y mi familia y mis suegros me han aportado 10000 euros cada uno tengo que dar cuenta a alguien.
Un saludo y gracias.

3 Respuestas

Respuesta
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En buena ley deberías declararlo en tu renta como donaciones, ya que de otra forma no tendrías ingresos suficientes para la compra y podrían preguntarte de donde lo has sacado. Otra posibilidad es que lo pongas como que te lo han prestado, así no tienes que pagar por ello como donación.
Cuando tendría que declararlo y como. Es decir en la declaración del año que viene o ahora.
Un saludo
Si te lo han dado el año pasado se declara en este año y si te lo han dado en este año, tendrás que declararlo al que viene.
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<%=Texto%><%=Texto%>para estar todos tranquilos, redactar un documento ante Notario, en el que diga que ellos os dejan el dinero y que lo devolvereis en un plazo de 5 a 15 años, depende de la edad de vuestra familia, mediante aportaciones cada dos años. Hacienda le pierde la pista, y podreis demostrat la procedencia del dinero sin problemas.
También podéis optar por no hacer nada, ¿ya qué me imagino que lo ganado en la primera lo habéis reinvertido integro en la nueva y al ser esta más cara no sé si las cantidades que hayas pagado supera los limites de los 9015 euros por deducción conjunta al adquirir la vivienda o 9015? Cada cónyuge si la hacéis separada, en cuyo caso no os deduciríais por eos 20.000 euros y pasarían desapercibidos y no controlados por Hacienda.
Un saludo. FULMA
A mis familiares si lo hago de esta forma podría darle algún tipo de problema.
Y esto cuando lo controlaría hacienda en la declaración del año que viene
Gracias
<%=Texto%>Si el dinero de tus familiares es dinero que erstá en el banco o que se pueda justificar su procedencia NO TENDRAN NINGUN PROBLEMA CON HACIENDA. No tienen que poner nada en la renta.
Un saludo. FULMA
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La situación legal es:
1)Préstamo si tienes que devolverlo, no da lugar a ningún gasto fiscal pero debe estar documentado y con fecha demostrable.
2)Donación cuando no hay que devolver y se paga el impuesto de donaciones en los 30 días siguientes a la misma.
3)O BIEN incremento injustificado de patrimonio que obliga a pagar como si fuese una renta más del año en que se recibe el dinero. Es la opción más desfavorable y la que se aplica por defecto, esto es, cuando no se puede probar ninguna de las otras dos.
Lo mejor para cubrirse de cara a posibles revisiones: un contrato de préstamo sin intereses y con bajas amortizaciones (es conveniente pasarlo por un registro público para que quede constancia de la fecha).
Incremento injustificado que tanto por 100 tendría que pagar yo a hacienda y cuando se hace el pago
El pago se haría en la declaración de la renta del año en que se descubre y el tanto por ciento es el más alto: el tipo marginal.
Si estás dispuesto a pagar es más adecuada la donación porque refleja mejor la situación real y es más barata. Se puede hacer en documento privado que luego se liquida en la oficina correspondiente.
Como la cantidad es pequeña también puedes asumir el riesgo de esperar sin hacer nada...
Efectivamente es así.
El tipo marginal depende de tus rentas (a mayor renta mayor tipo).
Arranca en el 15 por ciento para menos de 4000 euros y llega al 45 por ciento para rentas superiores a 45000 euros.

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