Se me olvido también

Quisiera saber, si en una extinción de condominio, la parte vendedora esta obligado a pagar la plusvalía, en cualquier caso, o, si hay sentencia de divorcio no.
Respuesta
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Están exentas del pago de plusvalía en el caso de las transmisiones de bienes inmuebles entre cónyuges o a favor de sus hijos en cumplimiento de sentencias en los casos de nulidad, separación matrimonial o divorcio. Por lo tanto, no tienes que pagar

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