Herencia

Nos encontramos con una familia compuesta de padre, madre, e hija. Fallece la madre y tenemos la herencia (otogada por el matrimonio) todo para la hija y el usufructo para el marido y viceversa.
Mantienen cuentas en tres bancos, en alguno están los dos como titulares por lo que eniendo esta todo correcto. En otro banco el padre es titular de una cuenta y la mujer autorizada y en otra cuenta la titular es la mujer y el esposo el autorizado. Su régimen es el de gananciales, y en la declaración de renta va todo a nombre de los dos.
¿Cómo se considera el reparto de los bienes dinerarios?, en los bienes inmuebles la hija es la heredera y el padre es el usufructuario, ¿en el dinerario como se establece?, ¿Aunque en alguna cuenta uno es titular y el otro es autorizado y al contrario, puesto que su régimen es ganancial, a efectos de herencia se computa todo?
Esperando su aclaración, reciba un saludo.

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Respuesta
Si el matrimonio se regia por gananciales, hay que tener en cuenta que la mitad del patrimonio del matrimonio corresponde al viudo de pleno derecho, es decir, no forma parte de la herencia.
De la otra mitad, debe realizarse una tasación para poder adjudicar. Es preferible acudir a un abogado para estos tramites. Nosotros estamos a su disposición en www.quevedoasesores.com

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