Xerocopias

B´Días, me gustaría saber si una entidad financiera tiene LEGALMENTE obligación de atender una xerocopia recibida por fax.
Desde el otro punto de vista, si POR envía por fax una xerocopia, tiene el ok del fax pero no ha confirmado la operación con la oficina directamente, ¿ya puede darla por buena? ¿
¿No es necesario la presentación de la xerocopia original?
No he conseguido encontrar nada, ni siquiera en la web del bde. Sé que se suele atender, pero no tengo claro la obligación o la responsabilidad en caso de que un error produzca un impagado.
Muchas gracias de antemano. Me consta que la pregunta tiene su miga, te agradecería que me comentaras

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Respuesta
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Los bancos que admiten órdenes por fax es porque el cliente así lo tiene acordado y emplea una contraseña para ello.
Ten en cuenta que un fax puede proceder de cualquier persona y no tiene por uqé ser necesariamente el titular de la cuenta.
¿Conoces algo que legalmente lo apoye? ¿Alguna ley o algo así?
No sé si habrá alguna ley pero es de lógica que cualquier persona puede mandar un fax y no tiene que ser necesariamente el interesado.

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