Impago comunidad en usufructo

Hola Aurora123:
Perdona que te moleste otra vez, pero tengo otra duda respecto al usufructo de la pregunta anteriormente hecha.
¿Qué medidas legales tengo derecho hacer, para obligar a que mi familiar en usufructo, page la comunidad? (Ya que lleva casi un año sin pagar)
¿En qué puede repercutirnos a nosotros (los propietarios)?
Se puede hacer algo, o simplemente debemos esperar.
¿Puede esto ser motivo suficiente, para denunciarlo y quitarle el usufructo, o es imposible?
Gracias de antemano y perdón por las molestias.

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En primer lugar, que como nudo-propietaria (así se llama a la propiedad cuando el uso que se entrega a la viuda) debes hacer frente a las reparaciones extraordinarias que requiera el inmueble (art. 501 del Código Civil), siendo de cuenta de la usufructuaria las reparaciones ordinarias. Por tanto las reparaciones de la comunidad si son ordinarias serán por cuenta de la usufructuaria y si son extraordinarias por cuenta de los copropietarios art. 500
La distinción entre gastos ordinarios y extraordinarios deriva del concepto de gastos de uso o de gastos de inversión o dicho de otro modo. Ordinarios son aquellos que tienen que ver con el uso "normal" (por ejemplo, electricidad, agua, combustible para calderas, limpieza, honorarios del administrador) mientras que los extraordinarios son los imprevisibles como las reparaciones (de la clase que sean) o la prima del seguro (ya que afecta a la titularidad y no al uso).
En conclusión si uno tiene derecho de uso (usufructuario) debe sufragar aquello de lo que se beneficia el uso. Si uno es nudo propietario debe sufragar aquello de lo que se beneficia la propiedad (inversiones).
Si las cuotas de la comunidad son de carácter ordinario y por lo tanto responsabilidad de la usufructuaria, o bien la comunidad de vecinos debería demandarla o bien hacerlo tu. Pero con esto conseguirías que saldara la deuda.
Ya me lo preguntaste en otra ocasión sobre lo de quitarle el usufructo, veo que tienes bastante interés en este punto, por eso debo dejarte claro. Que eso NO va a ocurrir. Ella dispondrá de ese piso y de sus rentas si lo alquila, hasta el día de su muerte. Puedes obligarla a que page a la comunidad de vecinos, pero no puedes quitarle el usufructo que le dio el verdadero propietario del piso.
Un beso

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