Propiedades embargadas a favor de administrador

Hola. Tengo una nota simple del Registro de Propiedad sobre unos locales que están ubicados en el mismo edificio donde tengo un local. Mi duda es ¿Pueden embargar unos locales a favor de la mujer del administrador de fincas de la Comunidad de Propietarios? ¿Cómo se hace el embargo? ¿Quién dicide a favor de quien se hace el embargo?
Respuesta
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Primero el Juzgado correspondiente determina la deuda y posteriormente en trámite de ejecución de sentencia se designan bienes susceptibles de embargo y se procede a trabar el mismo.
Hola. Pero lo que me interesa ¿Cómo el Juzgado dicide a favor de quien hacer el embargo? Un saludo
Es una justicia rogada, esto es, a petición del que lo solicite. Por tanto la hará a favor de quien obtenga la sentencia favorable y una vez haya vencido el plazo para hacerla efectiva y por tanto se haya comenzado el proceso ejecutivo.
Hola de nuevo. Discúlpeme, esto significa que el Administrador con su mujer están aprovechando de la situación, ¿no? Porque si hay un local que no paga la comunidad y se decide en la Junta dar a la presidenta la facultad de reclamarlo vía judicial, ¿entonces este procedimiento significa que el administrador tendría que hacer una demanda y solicitar el embargo a nombre de su mujer por ejemplo ... Es así? Significa que podría acusar al Administrador que se aprovecha directamente de su puesto laboral, ¿no?
Un saludo
Pues así es el asunto según la información que comenta. Lo más lógico es que el administrador en este asunto se abstuviera de tomar parte en él y la reclamación la hiciera un despacho jurídico diferente al que gestiona la comunidad.

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