Nota de cobro o provisión de fondos

Acabo de terminar un trabajo gráfico para una empresa, la cual me adelantó 1500 euros al empezar y posteriormente otros 1500 euros al terminar el trabajo. En aquel entonces no estaba dado de alta como autónomo (fue entre febrero y marzo). Ahora sí lo estoy y voy a facturarles el trabajo. Consulté con un experto de esta web y me dijo que hiciese la factura del total (3000euros) y que además adjuntara notas de cobro o de provisión de fondos por las cantidades adelantadas.
Lo he comentado con la empresa y les parece bien. Solo me han dicho que junto con la factura les envíe además (por correo ordinario) los comprobantes de las transefencias que me hicieron.
El problema que tengo es que no se la diferencia entre la nota de cobro o la provisión de fondos, además de que tampoco he encontrado ningún ejemplo de cómo hacer ninguna de ellas. Los pagos se hicieron el dia 17/02/11 y el 02/03/11, ambos de 1500 euros. ¿Podría indicarme cómo hacer alguno de estos modelos? (El que sea más conveniente)
Me han pasado un borrador de la factura que debería hacerles: En ella se refleja lo siguiente (con retención del 7% porque es la primera vez que estoy dado de alta en autónomos):
Base imponible: 2702.70
Retención IRPF (7%): 189.19
IVA 18%: 486.49
TOTAL: 3000.00
Y me han dicho que refleje en dicha factura las fechas de los dos ingresos. ¿Es correcto? ¿Me perjudica de alguna manera si en aquellos meses no estaba dado de alta?

1 respuesta

Respuesta
1
Disculpa el retraso en contestar, pero he estado ocupada en unas Jornadas.
La diferencia que yo encuentro entre una nota de cobro y una provisión es que en la nota de cobro solamente indicas el importe cobrado sin más, mientras que una provisión de fondos es un importe a cuenta de algo que luego hay que liquidar porque hay importes variables y que puede resultar más o menos de lo provisionado.
Yo entiendo que ambos pagos han sido "notas de cobro", es decir, importes definitivos. No obstante, para evitar problemas de facturación, te interesa poner en la parte de abajo de la factura el literal "provisión de fondos constituida con fecha xx-x-xxx 1.500 ?", y debajo igual.
En principio, la factura no viaja a Hacienda y no tienen por qué conocer la fecha de pago. ¿Lo qué es cierto que al ser base imponible +IVA superior a 3.000? IVA, tendrán que incorporar tus datos en el modelo 347 y digamos que estás figurando en más sitios. Pero en principio, creo que hacerlo así no debe causarte problemas.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional te resulten de utilidad. Te agradeceré que FINALICES la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. No dudes en formular nuevas consultas para resolver tus dudas.
Muchísimas gracias por tu respuesta. Me lo has dejado muy claro y ya lo he reflejado en la factura.
Gracias por todo y un saludo
Sergio

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