Deposito de cuentas

Hola, agradecería que me contestaran la siguiente cuestión: si damos de alta una s.l. A primeros del 2004, y la damos de baja en junio del 2004, ¿hay qué depositar las cuentas anuales en el registro mercantil al año siguiente o en el momento de cierre de la empresa?
Gracias anticipadas.

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Se tienen que presentar como si se hubiese constituido un año, ya que existe una fecha de entrega que oscila entre Junio-Julio, aunque solo se haya tenido actividad medio año.
De todas maneras para posibles cambios, llame al registro mercantil, que le ofrecerá una mayor información, si me dice su situación le puedo intentar facilitar el teléfono.
Muchas gracias por su respuesta. Mi domicilio esta en Fuengirola (Málaga).
Bueno pues aquí te facilito el teléfono del Registro Mercantil Central, allí te resolverán cualquier otra duda que pueda tener, su ubicación está en Madrid (91 563 1252)

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