Vivienda habitual

Hola, mi pregunta es la siguiente: ¿En marzo de este año vendí un piso al que le saque un rendimiento de 45.000?, ahora creo que tengo un plazo de 2 años para volver a reinvertirlo en vivienda habitual, pero el problema es que quiero comprar un piso en un sitio distinto al que resido actualmente, ya que soy guardia civil y me han proporcionado una vivienda en el cuartel donde estoy destinado, mi pregunta es si debo estar empadronado en el sitio donde compre el piso, o si solo puedo estar yo o mi mujer o ninguno, que requisitos son imprescindibles para que sea vivienda habitual. Gracias

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Para obtener desgavaciones fiscales por la vivienda habitual tienes que ocuparla durante 3 años consecutivos y siempre dentro de los 12 meses posteriores a su compra. Salvo que disfrutes de vivienda por razón del cargo, como en tu caso, en ese supuesto tendrías que habitar la casa cuando cambies de destino o ceses, vamos cuando dejes de tener derecho a ocupar la casa dentro del cuartel. Por todo esto no necesitas estar empadronado en el lugar de la compra del piso. No tienes requisitos, salvo habitar la casa dentro del año, salvo que te destinen a otra casa cuartel, en ese caso seguirías igual. Nada de empadronarte si no quieres, tu aplicate las desgravaciones y solamente si te piden explicaciones, que a los asalariados no nos las suelen pedir, se las das.

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