¿Una página web como capital social al crear una sociedad limitada?

Soy un programador informático autónomo. Quiero hacer una SL para vender software. El capital social será de 3000 euros. ¿Puedo plantear en la escritura como capital social una aportación no dineraria consistente en la página web de la futura empresa, que ya está elaborada por mí mismo y se puede valorar en 3000 euros perfectamente en el mercado dadas sus características? Me consta que no se pueden aportar servicios como capital social, pero esto es un producto ya elaborado. ¿Estoy en lo cierto?

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No hemos constituido ninguna sociedad con aportación de una web... y puede que fuera necesario aportar peritación de valoración de la pagina...

En cualquier caso, el notario y el registrador mercantil son los que tendrán la ultima palabra.

De acuerdo. Al ser socio único pienso que no es tanto una cuestión de peritación del valor como de que sirva o no sirva el bien en sí. Pero me quedo con lo de que el notario y el registrador tienen la última palabra, muchas gracias.

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