No quieren pagar daños estéticos
Mis padres han tenido un problema en el baño, con daños en fontanería y daños estéticos.
Para pagar los daños estéticos me exigen factura de todo, de tal forma que debiera yo pagar primero y luego ellos ya me pagaría a mi, cosas que dudo, después de lo mal que me están tratando. La compañía de seguros es AXA.
Cuando le hago referencia al articulo 18 de la ley 50/1980:
El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo.
Me comentan que las normas internas establecen que para el pago de los daños estéticos tengo que presentar factura, sin embargo ni en la clausula general ni en las particulares de la póliza establece tal cosa. De hecho, te remite a dicha ley.
Ademas me indican que las baldosas del suelo todavía hay existencias, les digo que me digan donde, porque yo no las encuentro y no me contestan
Estoy desesperada, que puedo hacer.
Para pagar los daños estéticos me exigen factura de todo, de tal forma que debiera yo pagar primero y luego ellos ya me pagaría a mi, cosas que dudo, después de lo mal que me están tratando. La compañía de seguros es AXA.
Cuando le hago referencia al articulo 18 de la ley 50/1980:
El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo.
Me comentan que las normas internas establecen que para el pago de los daños estéticos tengo que presentar factura, sin embargo ni en la clausula general ni en las particulares de la póliza establece tal cosa. De hecho, te remite a dicha ley.
Ademas me indican que las baldosas del suelo todavía hay existencias, les digo que me digan donde, porque yo no las encuentro y no me contestan
Estoy desesperada, que puedo hacer.
1 Respuesta
Respuesta de peritoivi
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Siento discernir con la persona que informa de que tiene que presentar factura. Si el condicionado no hace mención expresa a dicha exigencia, no es obligación del asegurado adelantar dinero para la reparación estética. A lo sumo, la aseguradora podrá enviar a un perito y realizar una comprobación de que la reparación se ha realizado. - TONECHO GACO