Básicamente hace Ud. dos preguntas.
1º) puedo contratar un abogado especialista en accidentes y lo cubre mi seguro.?
En principio y generalmente, sí. -Pero es necesario comprobar la póliza-
Debe leer bien las condiciones de su póliza, es decir, comprobar que tiene cubierta la reclamación de daños, así como las condiciones, y los límites.
Mire en su condicionado particular (primero ver si tiene cubierta reclamación de daños), y luego, en el condicionado general, las condiciones y los límites.
Cada aseguradora ofrece distintas coberturas, condiciones y límites, aunque generalmente incluye la posibilidad de -libre elección de abogado-.
No debe confundir la defensa judicial, con la reclamación de daños.
La primera es en caso de tener que ser defendido, y la segunda, en caso de tener que reclamar daños, y es esa la que a Ud. le interesa.
2º) ¿No he cogido baja medica ya que me encuentro de vacaciones tengo derecho a indemnización aunque no tenga baja?
Una cosa es la baja médica, y otra la baja laboral.
La baja médica dura lo que dura el tratamiento.
La baja laboral dura el tiempo que no puede Ud. trabajar.
Podría estar de baja médica y seguir trabajando (como es su caso).
A eso le llaman -baja no impeditiva- (porque no le impide trabajar).
Y puede reclamar todos los días de baja médica no impeditiva durante el tratamiento.
¿3ºque pasos he de seguir ya que el del seguro me dice que las compañías se pondrán de acuerdo?
Los pasos son, o bien dejarlo en manos de su aseguradora, quienes deberán reclamar al contrario causante todos los perjuicios establecidos y probados médicamente (días de baja no impeditiva, secuelas, etc.) -ya establecidos en unas tablas según la lesión, el tratamiento, días de baja, y otros baremos-
Respecto del contrato, tal vez figure establecido algo distinto para su hijo, pues era ocupante. Normalmente se incluye como asegurado, pero no siempre.
Lo mejor, en estos casos, es ser muy claro con la aseguradora y preguntar punto por punto cualquier duda, tal como ha hecho Ud. aquí.
Lo normal es que le respondan tal cual será...
Lo de ir con abogado particular puede ser factible, pero en normales circunstancias, no tiene porque resultarle mucho mejor que si la reclamación la hace la aseguradora directamente (amistosamente o judicialmente).
Si el alcance de las lesiones fuesen muy muy importantes (lesiones graves, etc.), entonces sí tal vez valdría la pena ponerlo en manos de abogado particular.
Es decisión suya, pero debe cerciorarse previamente y seguir lo estipulado en la póliza
Suerte.
Cris.