Yo, lo primero que haría es leer la descripción de CONTINENTE en mi póliza, y ver si por defecto el altillo se puede considerar continente.
Supongo que se refiere a una estructura metálica.
Lo que no cabe duda es que se trata de un continente, porque obviamente no es contenido, no obstante, su póliza podría no contemplarlo como continente.
Es decir, las pólizas dicen lo que es continente, y lo que es contenido, luego pueden decir que no es una cosa u otra, y luego, sobre lo que nada dicen, no es nada.
No puedo concretar mucho, porque cada aseguradora y cada producto de hogar son distintos, y pueden interpretar de distinta forma los bienes que se aseguran y no se aseguran.
Para hacerlo bien, es imprescindible conocer muy bien el producto, lo cual yo desconozco, de ahí que solo pueda generalizar.
En todo caso, asuntos como éste, si realmente preocupan como le ocurre a Ud. (lo cual es bueno, porque demuestra interés en algo no todo el mundo le pone), lo mejor es hacerlo constar es póliza.
Se trataría de un SUPLEMENTO ACLARATORIO de la póliza que dijese mas o menos lo siguiente:
"se hace expresamente constar que dentro del epígrafe CONTINENTE figura incluido un altillo de estructura metálica de aproximadamente XX mts2, sito en la parte alta de la plaza de garaje que le pertenece al riesgo asegurado."
También hay que mirar otras cosas, como por ejemplo, si el garaje forma parte del continente (sería lo normal); si el capital asegurado para continente resulta suficiente para la vivienda y el altillo; si en tipo de construcción declarada se puede considerar una estructura metálica; etc. etc.
Por otro lado, en lo que a la Responsabilidad Civil se refiere, una vez construido entiendo sería de aplicación la Responsabilidad Civil de Propiedad (no la de cabeza de familia) siempre que el susodicho altillo formase parte del Continente (sea por defecto, o por cláusula).
Por tanto, si consigue que su aseguradora incluya dicha cláusula, el altillo sería (sin ninguna duda) parte integrante del continente, y por tanto estaría (sin ninguna duda) amparado por las garantías de daños que cubren el continente, y también por la garantía de Responsabilidad Civil de propiedad.
(Obviamente también, además de sus coberturas, también con sus limitaciones y exclusiones, porque un seguro no lo cubre todo -ni mucho menos-).
Creo que esa sería la solución más práctica.
Otra cosa distinta es conseguirlo.
Hace unos años, cuando te trataban de tu a tu, era más fácil.
Ahora, tanto teléfono, telefonista, contestadores, 902 y no sé que más, han sustituido a los suscriptores que daban servicio por productos cerrados que ni ellos conocen..
No sé... me extrañaría mucho que alguien dentro de una aseguradora sea capaz de conseguir incluir una cláusula tan sencilla.
Es así.
Suerte.
Cris.