Sacar dinero de plazo fijo antes de su vencimiento

Tengo un depósito a plazo fijo de 1 año y los intereses me los dan cada 3 meses. Mi pregunta es: si alguna vez necesito parte de mi dinero y lo saco antes de que se cumpla el año en cuestión, ¿me penalizan?
En el contrato exactamente pone:
"El cliente no podrá exigir el reembolso de sus fondos antes del plazo convenido, no obstante, se podrá cancelar anticipadamente cq imposición. En este caso, se deducirán los intereses devengados o en su caso, del capital, el importe que resulte de aplicar al saldo de la imposición en tipo de interés del 4 % por el periodo que medie entre la fecha de cancelación y el vencimiento pactado."
¿Me puedes ayudar a explicarme que significa este párrafo?
Respuesta

Me ayudas en un caso

El 15 de mayo la Sra. Mejía Hernández se presenta a hacer un retiro parcial de su CDP por L.301,000.00 los cuales serán depositados junto a los intereses devengados hasta la fecha a la cuenta de ahorros ese mismo dia, se le notifica que se le aplicará una penalización del 4% sobre el valor de intereses devengados a la fecha antes de restar el impuesto respectivo. El resto del dinero abre un nuevo CDP al mismo plazo. Los intereses devengados por este nuevo certificado serán acreditados a la cuenta el 30 del mismo mes.

Si me ayuda porfa es ejemplo de una clase y no le entiendo.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta
1
En tu caso, sí te penalizan. Digo en tu caso, porque se puede contratar un plazo fijo con disponibilidad total pero con un tipo de interés más bajo evidentemente.
¿Cómo calcular la penalización? Lo vemos si te parece con un ejemplo:
- Importe de la imposición: N. ¿Supondremos qué son 6.000,00?.
- Tipo de interés de la penalización: i. En tu caso, 4 % anual.
- Tiempo que resta al vencimiento: t. (Serían los días que se contarían desde la fecha de rescate hasta la de vencimiento). Supondremos que son 150 días.
- Penalización:  ( N x t x i ) / (360 x 100 ) = (6.000,00 x 150 x 4 ) / ( 360 x 100 ) = 100,00 ?.
(Son 360 y no 365 porque generalmente en banca se trabaja con lo que se denomina "año comercial" formado por 360 días y no 365. No obstante, habría que leer el condicionado para saberlo con seguridad).
Para resumir, lo que te abonan en cuenta cuando solicites el rescate es: EL IMPORTE DE LA IMPOSICIÓN + LOS INTERESES QUE SE HAYAN DEVENGADO HASTA LA FECHA DE RESCATE - PENALIZACIÓN.
Muchísimas gracias experto mobo... Me has ayudado mucho con tu respuesta, ahora llevaré más cuidado a la hora de tener disponible mi dinero, y miraré otros bancos para comparar, porque me parece que el tipo de interés de la penalización es mu elevado.
Saludos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas