Ante que organismo puedo denunciar a Hacienda

2008 y 2009, Hacienda ha reconocido el 50% de mi hipoteca y el 50% de mi esposa, pero en el año 2007 Hacienda no reconoce el 50% de mi esposa, y en vez de darle la devolución correspondiente a ese año ( 2007 ), que salio en 580 euros, Hacienda dice que le sale a pagar 486 euros, que la Agencia Tributaria se cobra en 2 cuotas de la cuenta de ahorro de mi esposa, no contentos con esto la multan con 210 euros, que se descuentan de la devolución de la renta del 2008, pero encima le cobran 199 euros de intereses de mora, que también se descuentan de la devolución de la renta del año 2009, pero como solo le salio a devolver 161 euros, le embargan la cuenta de ahorro por los 38 euros restantes, mi pregunta es no existe un ente u organismo por encima de la Agencia Estatal de Hacienda a la que se pueda denunciar este atropello. Se presentaron recursos pero la Agencia Tributaria de Hacienda de Arrecife Lanzarote provincia Las Palmas dice que no tenían validez por presentarse fuera de plazo.
Que se puede hacer en este caso, ya que llevamos 2 años asistiendo a estas oficinas de Arrecife y siempre nos contestan que no se puede hacer nada, solo pagar a Hacienda.
                    GRACIAS
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Creo que olvida Vd. citar el motivo que alega la Agencia Tributaria para no reconocer el derecho de devolución. Naturalmente, me imagino que Vd. lo conoce, por que entre otras cosas, dicha Agencia siempre lo hace constar en una liquidación paralela. Y aún en el caso de que hubiera sido consecuencia de un error, si no se ha recurrido a tiempo, evidentemente habrá prescrito el derecho, que insisto una vez más, también se le tuvo que citar en el escrito en el que rehúsan la declaración de su esposa del 2.007.

Una vez conocido ese dato, quizás deba olvidarse de reclamación alguna, y digo quizás por que no son infalibles, pero casi.

Existe otro medio, pero para eso tendría que tener documentación acreditativa de que Vds. pudieran tener razón y es el DEFENSOR DEL PUEBLO. Este ente ha sido creado precisamente para poner orden en las circunstancias de indefensión de los particulares ante Organismos Oficiales, pero debe de dotarsele de todo documento que se haya cruzado con la Agencia, y argumentar los motivos por cuales son Vds. y no Hacienda, los que tienen razón.

Suerte y saludos.
A la Agencia Tributaria, como Organismo Estatal, solo se puede recurrir a través de un contencioso-administrativo, para lo cual Vd. tendrá que nombrar abogado y procurador

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