¿Tiene la obligación el banco de enviarme los movimientos de mi cuenta?.

¿Tiene la obligación el banco de enviarme los movimientos de mi cuenta así como el saldo con alguna periodicidad?. Mi banco no me lo envía y de vez en cuando tengo un descubierto que me cobran unos intereses tremendos -(

1 Respuesta

Respuesta
1

Lo habitual es que te envíen los movimientos de tus cuentas con cierta periodicidad, yo diría que al menos una vez al mes. Antes se enviaban mas a menudo pero con esto de ahorrar gastos suelen tardar bastante. De todas formas háblalo con tu oficina habitual porque igual tienes algún dato mal y están enviándolo a otra dirección.

Por otro lado te recomiendo que solicites claves de internet para poder ver los movimientos cómodamente y actualizados, con el objetivo de controlar tu saldo ya que cuando llegan las cartas normalmente son movimientos antiguos.

Para evitar el tema de descubiertos en muchas entidades puedes activar el servicio de alertas. Y una de ellas es que si tu saldo es inferior a una cantidad te envían un sms o email avisándote al momento.

Muchas gracias por la respuesta, pero me gustaría saber si tienen "obligación" de hacerlo, si hay alguna norma o decreto o Ley que diga que tienen que enviarme esa información, porque ya es la tercera vez que tengo un descubierto y estoy harta del tema porque no me envían ni saldos ni movimientos nunca, por eso la pregunta, por si puedo denunciarles ante el Banco de España si siguen sin enviarme esa información.

Muchísimas gracias

Pues según he podido averiguar si que están obligados. Te paso lo que he encontrado.

Espero haberte aclarado algo. Un saludo.


¿Tienen las entidades la obligación de remitir extractos bancarios justificativos de las operaciones que realicen con sus clientes?
La obligación de remitir extractos a los clientes periódicamente aparece regulada en el Anexo VI de la Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre, que determina el contenido mínimo de aquellos (fecha de movimiento, concepto de la operación, signo, fecha valor, saldo del extracto anterior y saldo resultante) y su gratuidad cuando su plazo de remisión sea igual o superior a un mes.
En cualquier caso, este servicio considera que sin perjuicio de que dejando a salvo que las entidades no están obligadas a practicar una información o comunicación general relativa a los movimientos y operaciones de un período largo de tiempo, como consecuencia de peticiones concretas de los clientes y, teniendo en cuenta los principios de claridad y transparencia, se deben proporcionar a sus clientes los extractos o duplicados de estos que les sean solicitados, y se percibirá por tal servicio la comisión que se tenga tarifada al efecto.

<body></body>

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas