Clases de prevención

¿Qué requisitos debo cumplir para impartir yo formación de prevención? Soy licenciada en Derecho y he realizado el CAP.

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En la ORDEN DE 27 de junio de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención, en relación, entre otras cosas, con las condiciones de autorización de las entidades publicas o privadas para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales. B.O.E. núm. 159, de 4 de julio de 1997, podemos leer en el artículo 7:? ¿Requisitos mínimos que han de reunir las entidades formativas para ser autorizadas? Que:
? Para poder impartir y certificar la formación en materia preventiva especificada en los anexos V y VI del Reglamento de los Servicios de Prevención (contenidos de nivel intermedio y superior), las entidades públicas o privadas deberán disponer de una dotación de personal docente experto en las materias correspondientes a cada una de las disciplinas a impartir. Estos expertos tendrán que acreditar una experiencia profesional de tres años en la materia impartida, sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente.
En el caso de la formación para desarrollar funciones de nivel superior, el profesorado deberá disponer de titulación universitaria y una experiencia profesional de cinco años en la materia impartida".
Es decir que para impartir el nivel intermedio son necesarios tres años y el nivel superior es necesario cinco añosy titulo universitario.
Pero, además de esta formación existe la relacionada con los puestos de trabajo de todos y cada uno de los trabajadores. Para ello te remito a las funciones de los técnicos de prevención de riesgos laborales, que vienen establecidas en el R.D. 39/97, 17 de Enero (artículo 35, 36 y 37).

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