Recurrir al tribunal Supremo y/o Constitucional
La edad de mi hijo 3 años y medio cuando se dicto sentencia)
Ya he recurrido al tribunal provincial, del cual ha quedado el siguiente "horario de visitas"(hasta el nombre es degradante):
De Lunes a Viernes dos horas, que por motivos laborales, lo recojo a las 14 horas y llevo a las 16 horas (eso si, ni un segundo más...)
Fines de semana alternos, pero recogiendo al menor a las 13 horas del sábado y lo llevo a las 20 horas del domingo.
Los períodos vacacionales se rigen de la siguiente forma:
El correspondiente a las vacaciones de verano, durante los meses de junio y agosto 15 días alternado en cada casa, pero con la pecurialidad de que cuando esta conmigo no pernocta excepto un fin de semana (noche del sábado al domingo), el resto de los días lo recojo a las 10 horas y lo llevo a las 20 horas, mientras que durante los 15 días que esta con la madre, mi hijo no me ve ningún día. En Navidades y Semana Santa igual (mitad de los periodos respectivamente), los festivos ninguno (sigo con las dos horas como si fuese un día normal).
De lo que queda :
De los 365 días del año, nuestro hijo está con su Madre todos los días, ya sea en un momento u otro momento.
Por mi parte en esos 365 días del año, nuestro hijo no está conmigo durante 42 días(15+15 días de verano, 9 días de Navidades y 3 de Semana Santa) y el resto tan solo 2 horas, tiempo insuficiente para su correcto desarrollo paterno-filial y relación con toda la familia paterna.
Además hay que recalcar que en el horario de Lunes a Viernes, en esas 2 horas. Tiene que relacionarse conmigo y la familia paterna, jugar, descansar... Y todo ello con el estrés de horarios que de alguna manera puede resultar negativa para el menor. También está el hecho que de 15 a 20 minutos se emplean en el recorrido del colegio a casa paterna y otros 15 -20 minutos de casa paterna a materna, lo cual deja tan solo 1 hora y 20 minutos para lo todo lo mencionado.
Quizás me he alargado un poco en mi pregunta, pero no se como explicarlo todo si no es así para intentar hacer ver todo el contexto.
Mi pregunta es la siguiente:¿Puedo recurrir al Tribunal Supremo y/o Constitucional?
Considero que no hay un trato de igualdad entre Padre y Madre, como defiende la Constitución y, lo más importante, quien sufre las consecuencias es el menor y a quien se priva de las relaciones paternas también es a él.
ES UN DERECHO DEL MENOR (disfrutar, compartir, vivir ...)tener a ambos Padres de la forma más equitativa posible para que su desarrollo no se vea afectado por hechos ajenos a él.
No me extiendo más.
Ya he recurrido al tribunal provincial, del cual ha quedado el siguiente "horario de visitas"(hasta el nombre es degradante):
De Lunes a Viernes dos horas, que por motivos laborales, lo recojo a las 14 horas y llevo a las 16 horas (eso si, ni un segundo más...)
Fines de semana alternos, pero recogiendo al menor a las 13 horas del sábado y lo llevo a las 20 horas del domingo.
Los períodos vacacionales se rigen de la siguiente forma:
El correspondiente a las vacaciones de verano, durante los meses de junio y agosto 15 días alternado en cada casa, pero con la pecurialidad de que cuando esta conmigo no pernocta excepto un fin de semana (noche del sábado al domingo), el resto de los días lo recojo a las 10 horas y lo llevo a las 20 horas, mientras que durante los 15 días que esta con la madre, mi hijo no me ve ningún día. En Navidades y Semana Santa igual (mitad de los periodos respectivamente), los festivos ninguno (sigo con las dos horas como si fuese un día normal).
De lo que queda :
De los 365 días del año, nuestro hijo está con su Madre todos los días, ya sea en un momento u otro momento.
Por mi parte en esos 365 días del año, nuestro hijo no está conmigo durante 42 días(15+15 días de verano, 9 días de Navidades y 3 de Semana Santa) y el resto tan solo 2 horas, tiempo insuficiente para su correcto desarrollo paterno-filial y relación con toda la familia paterna.
Además hay que recalcar que en el horario de Lunes a Viernes, en esas 2 horas. Tiene que relacionarse conmigo y la familia paterna, jugar, descansar... Y todo ello con el estrés de horarios que de alguna manera puede resultar negativa para el menor. También está el hecho que de 15 a 20 minutos se emplean en el recorrido del colegio a casa paterna y otros 15 -20 minutos de casa paterna a materna, lo cual deja tan solo 1 hora y 20 minutos para lo todo lo mencionado.
Quizás me he alargado un poco en mi pregunta, pero no se como explicarlo todo si no es así para intentar hacer ver todo el contexto.
Mi pregunta es la siguiente:¿Puedo recurrir al Tribunal Supremo y/o Constitucional?
Considero que no hay un trato de igualdad entre Padre y Madre, como defiende la Constitución y, lo más importante, quien sufre las consecuencias es el menor y a quien se priva de las relaciones paternas también es a él.
ES UN DERECHO DEL MENOR (disfrutar, compartir, vivir ...)tener a ambos Padres de la forma más equitativa posible para que su desarrollo no se vea afectado por hechos ajenos a él.
No me extiendo más.
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Respuesta de jortizco10
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