Sentencia final en juicio monitorio

En un monitorio, una financiera me reclama 530 euros, me opongo al mismo con

Argumentos documental al respecto, y finalmente llegamos a juicio.

Cuando se fija la vista, en tiempo y forma me presento en el Juzgado. Espero en la antesala paciente a ser llamada.

Pasa una hora y observo como van llamando a otras personas, y cuando ya no queda nadie, ¿me dirijo al funcionario en cuesti? ¿n,? Ste me toma el nombre, ¿y me comenta sin vengo con abogado...? Le digo que no !. Entonces entra y sale del despacho, y me dice que mi turno a pasado, ¿qué me marche que ya recibir? Una carta. Le dije que yo estaba antes de mi hora fijada, y que los que iban llamando llegaron despues de mi. No dijo nada, y me invito a marcharme.

( ¿en primera instancia yo entend? ¿Qué iban a fijar nueva fecha del juicio?

Pasa 2 meses, y lo que recibo fue la sentencia final, donde entre otros considerandos, me declaran en situacion de rebeldia por no asistir a juicio habiendo sido citada en forma.(Dice la sentencia). Tambien dice dicho texto, que no cabe recurso alguno (455 de la LEC ). Y consecuentemnte me condenan a pagar.

De acuerdo a lo expuesto, al no poder comparecer, en el verbal para defender mi argumentacion. Es por lo que no llego a entender como se puede llegar a sentenciar sin haber sido defendido.

En su consecuencia y de acuerdo a los hechos planteados, me dirijo a usted como profesional del ramo, ¿para ver si a partir de aqu?, procede hacer algun recurso, o queja al Juzgado.

En espera de sus noticias

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Si está en plazo, le aconsejo se ponga en manos de un Abogado porque hay que demostrar que usted acudió al requerimiento judicial pero no fue llamado a la Sala. Cabe recurso por haberle causado indefensión, pero repito mejor a través de su Abogado.

Ruego cierre y valore

En relación a si estoy en plazo, como usted indica, he de decirle que la sentencia no dice nada al respecto, solo dice que no cabe recurso alguno. En cuanto darle el asunto a un profesional, también lo he pensado, pero tengo que significar que la cuantía que me cobra el profesional, es muy superior a la presunta deuda que me reclama la financiera. He pensado también en la posibilidad de pedir abogado de oficio, dado que actualmente solo tengo un trabajo de solo 3 horas, pero no se si aún estoy como usted comenta, en plazo para pedirlo, porque la sentencia no dice nada al respecto. Todo el expediente (que llevo casi un año), lo he tranmitado hasta aquí,yo, con la ayuda de un familiar.

En resumen: En cuanto a lo que comenta que cabe recurso de indefension puedo hacerlo yo misma?

como siempre gracias por su amabilidad.

atentamente.

Le aconsejo pida el beneficio de la justicia gratuita para lo que le requerirán una serie de documentos acreditativos.

Cuando se produce indefensión, pero le repito, hay que demostrarla, se puede acudir al Tribunal Constitucional que es el órgano supremo y valedor de los derechos constitucionales, porque no tiene un órgano superior para recurrir.

Por razones lógicas de índole procesal usted no puede defenderse a sí mismo, y porque la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional imponen que ha de hacerse con Abogado y Procurador.

Ruego cierre y valore

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