¿Tiene más hijos y otras pensiones?

He leído algunas respuestas tuyas y me gusta como te involucras y contestas dando bastante información!
Yo he tenido un hijo con un hombre que ya tiene hijos de otra relación a quienes pasa una pensión. También paga la mitad de la hipoteca dónde viven esos hijos, ya que es una casa dónde vivía él con su mujer y sus hijos, y la casa está a nombre de los dos.
Hasta la fecha a nosotros no nos ha pasado pensión ni nada. Reconoció al niño, pero tanto el embarazo como este año y medio lo hemos pasado solos. De vez en cuando viene a ver al niño, a lo que yo no pongo ningún problema.
Me gustaría saber que es lo mejor en una situación así. Se le podría reclamar la pensión de todos estos meses. En lo referente a las visitas que suelen decidir los juezes. Yo considero que el niño hasta que no sea más mayorcito no debería de irse a dormir a su casa, más si yo no le pongo problemas para que lo vea. Respecto a la pensión, ¿tendría qué pagarnos lo mismo que a ellos? Cobra cerca de 5000.-?, pero tiene 4 hijos. Y la custodia, si la pide compartida, ¿él no ha vivido ni un solo día de la vida del niño con él?

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Trataré de responderle con brevedad y la mayor exhaustividad posible.
Pensión de Alimentos.: Si esta persona ha reconocido a su hijo como hijo de él, podría usted reclamarle una pensión alimenticia para su hijo. Piense que mientras el niño sea menor de edad sus progenitores son quienes le representan y quienes tienen que defender sus derechos. La pensión de alimentos es un derecho de su hijo y un deber del progenitor que no ejerce la guarda y custodia. Por tanto, yo entiendo que usted debería reclamarle una cantidad a modo de pensión de alimentos para su hijo pues él está obligado a hacerse cargo de los gastos de manutención del niño. Respecto a la cantidad de la pensión, será algo a valorar en función de los ingresos y gastos del padre y de los gastos del niño. Es evidente que el hecho de que esta persona tenga a su vez otros hijos a los que pasa pensión, que pague los gastos de hipoteca de la casa donde viven esos hijos, es algo que influirá a la hora de la fijación de la pensión alimenticia para su hijo, pero ello no es óbice para no reclamar lo que corresponde al niño.
Régimen de visitas.: Es un tema que será importante en el futuro cuando su hijo sea algo mayor y su personalidad se vaya forjando. El hecho de que una persona, muy de vez en cuando, vaya a visitarle, le compre cosas, le lleve al parque y poco más, es algo que no corresponde con el papel que debe jugar un padre en la vida de su hijo. Lo más conveniente es que dichas visitas se fijen en convenio regulador y que sean lo más estables posibles, todo mirando el bien del niño. El hecho de la pernocta es algo que podrá ser en el futuro pero que también dependerá de las condiciones de vida del padre. Se debería solicitar la instauración de un régimen de visitas progresivo para que el niño se vaya habituando a la compañía de ese señor que es su padre pero que para el niño es una persona que va a visitarle de vez en cuando.
Régimen de custodia.: Considero que es un tema que no debe preocuparle. Hoy por hoy usted ejerce la guarda y custodia única y es algo que la beneficia al respecto. Más aún cuando su padre es una figura, digamos de ida y vuelta (dicho ello con todos mis respetos). El tema de la Guarda y custodia compartida es algo que no se toma a la ligera y que los jueces miran mucho las condiciones de los niños y sus padres antes de instaurarla. En su caso, dudo mucho que un fiscal de menores autorice dicho régimen y que el juez lo aprobase.
En resumen, considero que usted (como representante y defensor de los intereses de su hijo) debería reclamar a esta persona la instauración de un convenio regulador de la relación de su hijo con su padre. Que instaure en sentencia que usted ejerce la guarda y custodia, que instaure un régimen de visitas del padre con el niño, que determine el pago de una pensión de alimentos y que gastos del menor son ordinarios y cuales extraordinarios.

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