Convenio de visitas
Estoy divorciado desde hace tres años y tengo una niña de seis años, cuando firmamos el convenio regulador y establecimos el régimen de visitas, en este régimen de visitas hay un punto que dice así exactamente:
"Previo aviso de 48horas y siempre referido a un día de los que le corresponda, el padre podrá recoger a la niña directamente en la guardería o a la salida del colegio, reintegrándola a su domicilio materno".
Por circunstancias, cuando firme el acuerdo no podía recoger la niña en colegio, pero ahora si que lo puedo hacer y me apetece recogerla, pero mi ex me hace mandarle un mensaje 48 h antes. He de decir que el acuerdo que tengo es ver a la niña un día si y otro no de 4 a 8 y fin de semanas alternos, y claro hay veces que se me olvida y no la puedo recoger, la pregunta es:
¿Incumpliría el acuerdo si le mando con 48h de antelación todos los días que la voy a recoger por ejemplo en la semana?, porque entiendo que cuando dice " a un día" no significa cada día, ¿sino referido a los días que a mi me toca no?.
"Previo aviso de 48horas y siempre referido a un día de los que le corresponda, el padre podrá recoger a la niña directamente en la guardería o a la salida del colegio, reintegrándola a su domicilio materno".
Por circunstancias, cuando firme el acuerdo no podía recoger la niña en colegio, pero ahora si que lo puedo hacer y me apetece recogerla, pero mi ex me hace mandarle un mensaje 48 h antes. He de decir que el acuerdo que tengo es ver a la niña un día si y otro no de 4 a 8 y fin de semanas alternos, y claro hay veces que se me olvida y no la puedo recoger, la pregunta es:
¿Incumpliría el acuerdo si le mando con 48h de antelación todos los días que la voy a recoger por ejemplo en la semana?, porque entiendo que cuando dice " a un día" no significa cada día, ¿sino referido a los días que a mi me toca no?.
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Respuesta de dprietoc
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