Separación contenciosa

Tengo un amigo que se ha separado mediante una separación contenciosa.
La consulta es si es, ¿en la separación a diferencia del divorcio los cónyuges han de guardarse fidelidad?, y en caso de que así sea, que consecuencias podría traer el no respeto de dicha fidelidad. Se opta por la separación debido a que su mujer, esta próxima a la obtención de la nacionalidad Española. Sin embargo, tienen un compromiso firmado en el cual se dice que una vez obtenida la nacionalidad Española por parte de ella, iniciaría el divorcio de inmediato, este compromiso se realizo extrajudicialmente, con la firma de ambos, ¿es esto válido? En el convenio regulador se acuerda la convivencia de un año a partir de la sentencia, al termino de dicho periodo, ella debe abandonar la vivienda, ¿qué sucede si se negara a marcharse? ¿Podría él obligarla? Que sucede si ella al obtener la nacionalidad Española, ¿retraza deliberadamente el tramite de divorcio o nunca lo inicia? En el acuerdo antes mencionado se estipula que ella debe iniciar el divorcio corriendo con las costas del mismo.

1 Respuesta

Respuesta
1
1º. Una separación es precisamente eso: que cada cónyuge lleva una vida afectiva y económica totalmente distinta del otro. Por tanto, no cabe hablar de fidelidad o infidelidad, porque lo que haga uno no es asunto del otro.
2º. El divorcio es la disolución del vínculo matrimonial. Basta con que uno lo quiera para que el otro lo tenga que aceptar, le guste o no. Por tanto cualquiera de los cónyuges puede iniciar el divorcio contra el otro cuando lo considere oportuno y le parezca bien. No valen los acuerdos prematrimoniales acerca de este asunto; tan solo valen para establecer las responsabilidades económicas de la situación para después del divorcio. Por ejemplo, es válido el acuerdo que dice quién correría con las costas en caso de divorcio, pero no es válido el que dice cuándo y cómo ha de interponerse la demanda. Tanto él como ella pueden por tanto presentar la demanda de divorcio sin ninguna cortapisa y sin contar con la otra persona.
3º. A nadie se le puede imponer la convivencia con otra persona. Tampoco vale ningún acuerdo escrito sobre este particular. Si una persona permanece en la casa de otra sin que ésta quiera, puede empezar a utilizar los medios legales para echarla desde el momento que quiera.
4º. Los matrimonios concertados para obtener la nacionalidad pueden ser constitutivos de un fraude penado con cárcel. Le sugiero que mantenga un tono prudente sobre este asunto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas