Divorcio de Mutuo Acuerdo, sin exceso de adjudicación
Buenos días, quisiera formular la siguiente pregunta:
Yo he firmado con mi pareja un Convenio Regulador de Mutuo Acuerdo, donde no existe ningún exceso de adjudicación, bien en concreto la que era vivienda habitual pasará a ser de mi propiedad cuando se ratifique ante el juez, y la pregunta es a efectos de la Plus Valía Municipal, cuando sea mía esa vivienda que no se los tramites qué habrá que seguir, si Registro de la Propiedad, Notario, Hacienda.
1º) Tengo que pagar la plus valía municipal en el momento que me haga con el 100% de la vivienda.
2º) Si vendo posteriormente la vivienda, tendré que pagar de nuevo plus valía municipal, desde la sentencia de divorcio hasta la fecha de venta.
No se si me he explicado bien, espero lo comprendan, pertenezco a la Comunidad de Madrid.
Muy agradecido,
Jenaro Orgaz