Herencia

Hola, somos 7 hermanos ( 1 fallecido hace 28 años, pero tiene un hijo de 27 años ), mi madre es viuda y única propietaria de la vivienda, le han diagnosticado una grave enfermedad ( 84 años ), tiene hecho el testamento a partes iguales entre los 6 hijos + el nieto, me gustaría saber :
1) Una vez fallecida, donde tenemos que ir para hacer cumplir el testamento
2) ¿Para poder vender el piso la escritura de propiedad ( ahora está a nombre de mi madre )ha de pasar a ponerse a nombre de todos los hermanos?
3)El impuesto de Donaciones y Sucesiones se paga en el momento de la venta del piso, ¿o en el momento de la lectura del testamento?
4)Una vez fallecida mi madre, ¿se ha de pedir al Registro de Madrid las últimas voluntades?
5)¿Si el piso se ha de escriturar a nombre de todos los herederos se ha de pagar algún tipo de impuesto?
6)Para la venta de la vivienda el funcionamiento es por quorum, ¿o de lo contrario si alguno de nosotros se opone no se puede realizar la venta?
7) Es mejor que ahora está en vida, hacer una compraventa a favor de todos los herederos, ¿liquidando el correspondiente ITPyAJD (sin trasacción por la venta )?
Gracias, espero su respuesta

1 respuesta

Respuesta
Deberán solicitar la declaración de herederos y aceptación de la herencia ante Notario, liquidar el impuesto de sucesiones y a continuación vender la vivienda. Para la venta efectivamente deberán ponerse de acuerdo todos y si uno no quiere, deberán instar procedimiento judicial de división de la cosa común.
La opción de compraventa en vida es perfectamente válida.
Para más información
Angel Palomino
www.palominoabogados.com

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