Herencia

Quiero saber si un piso heredado para dos partes, ¿si una de las partes quiere comprarlo tiene preferencia no? ¿Pero si la otra parte pone dificultades o no se ponen de acuerdo en precio de compra que pasaría? Muchas gracias.
Respuesta
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En este aspecto no existe preferencia cuando el piso heredado está al 50%, como propietarios de un piso, y como comunidad de bienes que formáis con respecto a ese piso, para poder venderlo debéis estar los dos de acuerdo.
En el caso de que uno quiera comprar la otra parte al otro, lo que deberíais hacer es hacer una tasación del piso, y comprarle su parte por el precio de la tasación. Si el otro te pide más deberéis negociar el precio.
Lo que está claro es que si el otro no quiere vender su parte, tu no puedes comprársela, porque no puedes comprar nada que no esté en venta, con lo que podrías solicitar juicialmente una división judicial de patrimonio común, con lo que entraríamos en lo mismo que antes, tasaciones de la vivienda, juicios y al final uno resultaría obligado a vender, pero me parece un gasto innecesari, pudiendo legar a un acuerdo entre los dos.
Si no podéis vender la vivienda y repartiros la cantidad que salga, es otra opción.
Saludos, y no olvides valorar mi respuesta.
En principio podríais poneros de acuerdo en cuanto al precio de venta ya que así ahorraríais en tasaciones, pero como veo que es imposible, lo más sencillo es que hicieseis una tasación cada uno, el tiraría por lo alto y tu por lo bajo, y en función de eso hacer la media de las dos, o si no ir a un tasador que no conozcáis ninguno y asumir el precio que ponga.
Al ser estar la herencia al 50% no tienes preferencia en la compra, pero tal y como dices si lo quieres comprar y el otro lo quiere vender pero a un precio más elevado, al no poneros de acuerdo tendrías que solicitar judicialmente la división de la herencia, el juez lo que haría sería llamar al otro herederos para intentar un acuerdo, en el caso de que no os pongáis de acuerdo tampoco con intervención del juez, habría que nombrar un perito judicial que dictaminase cuanto vale la casa, y en función a ese valor comprarla tu.
En el caso de que el otro heredero por vía judicial se oponga a la venta de la casa, y como no puede obligarte a permanecer en la indivisión de la herencia, lo más probable es que el juez obligase a venderla y a que os repartieseis las cantidades.
Con todo esto te recomiendo que lleguéis a un acuerdo, y que compres aunque te salga un poco más caro que el precio de mercado, y el otro heredero quiera sacar un poco más de dinero, porque si entráis en vía judicial la diferencia de lo que quiere sacar de más el otro heredero, va a ser lo que te va a costar el juicio con lo que no te va a merecer la pena.
Además con el precio actual de las vivienda y lo rápido que están aumentando, pienso que la compra de una vivienda es siempre una inversión y a la larga te va a salir más rentable que si no os ponéis de acuerdo, o que si la vendéis y os repartís el dinero.
Respecto a la preferencia de la que me hablas, no se si te refieres a preferencia de comprarlo sobre el otro heredero (en cuyo caso no tendríais preferencia ninguno sobre el otro y os tendríais que poner de acuerdo), o preferencia sobre cualquier comprador que sea un tercero (en este caso tendrías total y absoluta preferencia, con lo que si el otro heredero quisiese vender a otra persona, no podría porque la herencia estaría sin repartir, y el caso de que lo hiciese, tendrías derecho a comprarle al tercero la vivienda por el mismo precio, cosa a la que el tercero no se podría oponer, pero deberías acudir a un juicio de retracto en el plazo de 9 días desde que se inscribió la compraventa en el registro de la propiedad)

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