Se pretende repartir un solar, propiedad de mi abuela (ya muerta). Tenia 3 hijos. 1-Hija(viva) y descendientes 2-Hijo(muerto), viuda y descendientes 3-Hijo(muerto), viuda (muerta). El problema viene en el punto 3. Matrimonio sin hijos. ¿La viuda muerta puede pasar su parte a hermanos o sobrinos suyos? Saludos
Respuesta de Blas ..
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Blas .., Licenciado en Derecho, trabajando como abogado en despacho...
Por lo que me dices he de entender que tu abuela no dejó testamento. Pues bien vamos por partes: Al fallecer tu abuela sin testamento, quedaría la herencia repartida en 1/3 para cada hijo. Punto 1.- Quedaría repartida de la siguiente manera: El 33'33% para la hija viva. Punto 2.- Quedaría repartida de la siguiente manera: Del 33'33%, 2/3 para los descendientes por partes iguales, y el otro 1/3 para los descendientes la nuda propiedad (propiedad de esa parte sin uso) por partes iguales, y para la viuda el usufructo vitalicio (uso y disfrute de su parte de por vida) <En la práctica la nuda propiedad del 33'33% para los descendientes por partes iguales y el usufructo vitalicio para la viuda> Punto 3.- Quedaría repartida de la siguiente manera: Si no hay testamento del hijo, el 33'33% pasa a la viuda en su totalidad, entiendo que no tiene padres, ni otros hijos extramatrimoniales, si hizo testamento, podría dejar su parte a quien quiera, al no tener ni hijos, ni padres, ni cónyuge. Entiendo que no hizo testamento, pues sus herederos forzosos serían sus hijos, padres, y cónyuge en este orden, al no existir ninguno de ellos, tendrían derecho a reclamar la herencia de la viuda sus hermanos y sus sobrinos, y en el caso de que no la reclamasen ni sus hermanos ni sobrinos, esa herencia no pasaría a la familia de su marido muerto, sino que se la quedaría el Estado.